Disposiciones generales. . (2024/58-1)
Decreto 76/2024, de 19 de marzo, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Deretil, S.A., en Cuevas de Almanzora (Almería); Geocycle, S.A.U., en Albox (Almería); CLH, S.A., en Málaga; Solnova, S.A., en Sanlúcar la Mayor (Sevilla); Solucia, S.A., en Lebrija (Sevilla), y Helioenergy, S.A., en Écija (Sevilla).
349 páginas totales
Página
BOJA
o
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 22 de marzo de 2024
página 42201/100
Obras Públicas y Transportes.
•
Grupo de Emergencias de Andalucía.
•
Unidades de apoyo de las Fuerzas Armadas.
•
Personal Al servicio de los entes locales.
•
Personal perteneciente a Cruz Roja, y a otras ONGs.
•
Personal perteneciente a empresas de servicios y suministros básicos (aguas, electricidad, comunicaciones, gas, alimentos...).
•
Empresas de servicios y suministros básicos (aguas, electricidad, comunicaciones, gas,
alimentos...).
Funciones.
•
Suministrar a los distintos grupos el material y equipos básicos y de carácter genérico necesarios
para el desarrollo de sus funciones.
•
Gestionar y suministrar la maquinaria y equipamiento técnico para la rehabilitación y reposición de
servicios.
•
Prever el alojamiento de los colectivos participantes en la emergencia.
•
Gestionar medios de abastecimiento y alojamiento de la población afectada.
•
Proporcionar medios de transporte.
6.6.6. Generalidades.
Las Jefaturas de los distintos grupos se definirán por designación de la Dirección del Plan.
En función de la evolución de la emergencia y de la disponibilidad de medios y recursos, a petición de la
Jefatura de Grupo o cuando la Dirección del Plan lo estime oportuno, se podrán incorporar a estos Grupos
otros efectivos de entidades públicas o privadas.
A las funciones de estos grupos se podrán añadir todas aquellas que surjan en el desarrollo de la
emergencia y les sean asignadas por la Dirección del Plan.
Página 33
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00299051
En función de la evolución de la emergencia, el Comité de Operaciones podrá convocar los grupos
operativos parcial o totalmente.
o
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 22 de marzo de 2024
página 42201/100
Obras Públicas y Transportes.
•
Grupo de Emergencias de Andalucía.
•
Unidades de apoyo de las Fuerzas Armadas.
•
Personal Al servicio de los entes locales.
•
Personal perteneciente a Cruz Roja, y a otras ONGs.
•
Personal perteneciente a empresas de servicios y suministros básicos (aguas, electricidad, comunicaciones, gas, alimentos...).
•
Empresas de servicios y suministros básicos (aguas, electricidad, comunicaciones, gas,
alimentos...).
Funciones.
•
Suministrar a los distintos grupos el material y equipos básicos y de carácter genérico necesarios
para el desarrollo de sus funciones.
•
Gestionar y suministrar la maquinaria y equipamiento técnico para la rehabilitación y reposición de
servicios.
•
Prever el alojamiento de los colectivos participantes en la emergencia.
•
Gestionar medios de abastecimiento y alojamiento de la población afectada.
•
Proporcionar medios de transporte.
6.6.6. Generalidades.
Las Jefaturas de los distintos grupos se definirán por designación de la Dirección del Plan.
En función de la evolución de la emergencia y de la disponibilidad de medios y recursos, a petición de la
Jefatura de Grupo o cuando la Dirección del Plan lo estime oportuno, se podrán incorporar a estos Grupos
otros efectivos de entidades públicas o privadas.
A las funciones de estos grupos se podrán añadir todas aquellas que surjan en el desarrollo de la
emergencia y les sean asignadas por la Dirección del Plan.
Página 33
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00299051
En función de la evolución de la emergencia, el Comité de Operaciones podrá convocar los grupos
operativos parcial o totalmente.