Disposiciones generales. . (2024/57-3)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 21 de marzo de 2024

página 1879/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes en
Andalucía.
Por Orden de 19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), se aprobaron por
la entonces Consejería de Cultura (actual Consejería de Turismo, Cultura y Deporte)
las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, a la producción de cortometrajes en Andalucía.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales es una agencia pública empresarial
adscrita a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, a través de la Secretaría General
para la Cultura, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 6 del citado
Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, modificado por Decreto 78/2023, de 4 de abril.
Conforme al artículo 6.2.a) del Decreto 103/2011, de 19 de abril, por el que se
aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, le corresponde
a la misma, entre otras, las funciones de investigación, gestión, producción, fomento,
formación y divulgación del teatro y las artes escénicas, la música y la danza, a cuyo fin
se le atribuye en el artículo 7.1.b) del mismo decreto la facultad de convocar, tramitar y
conceder subvenciones y ayudas y financiar programas, proyectos y actuaciones.
Para el desarrollo de dicha facultad se ha consignado en el Presupuesto de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales los créditos precisos para hacerlas efectivas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 115 del Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, en el artículo 22 del Decreto 282/2010, de 4 de
mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía y en el artículo 15 de la
mencionada Orden de 19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), procede
efectuar convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a la producción de
cortometrajes en Andalucía correspondiéndole efectuar la misma, de acuerdo con las
atribuciones conferidas, a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales.
En su virtud, considerando oportuno proceder a la convocatoria para el año 2024 de
estas subvenciones, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de
los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, aprobados mediante
Decreto 103/2011, de 19 de abril, modificado por Decreto 13/2023, de 7 de febrero,

Primero. Convocatoria, finalidad y objeto.
Es objeto de la presente resolución efectuar la convocatoria pública de concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes
en Andalucía para el ejercicio 2024, siendo subvencionables los proyectos concretos
propuestos por los solicitantes y aceptados por la Agencia que se encuadren dentro de
dicha temática.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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RESU ELVO