3. Otras disposiciones. . (2024/57-44)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, por la que se aprueba el Programa Integral de Inspección en materia de calidad ambiental en Andalucía para el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 57 - Jueves, 21 de marzo de 2024

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8.2.4.3. Inspecciones no programadas.
Son las inspecciones realizadas sin encontrarse explícitamente titularizadas en la
programación. Se realizarán como consecuencia de una denuncia externa, un accidente,
un riesgo objetivo, requerimientos de otras autoridades o cualquier otro motivo justificado,
como datos recibidos sobre investigaciones policiales y aduaneras, y análisis de
actividades delictivas.
Finalidad:
El objetivo de estas inspecciones es detectar y, en su caso, gestionar una respuesta
efectiva en actuaciones de traslados transfronterizos de residuos contrarios a la norma,
así como los traslados ilícitos de residuos, con especial énfasis a aquellos de mayor
riesgo para el medio ambiente y la salud humana.
Plan de Actuación:
Se debe establecer un plan de actuación, caso a caso, para dar respuesta a las
situaciones ad hoc que necesitan la actuación de una inspección no programada. Su
ejecución será prioritaria, tramitándose el 100% de los casos.
A continuación se muestra, a modo de resumen, el total de inspecciones incluidas
dentro del Programa de Inspección Ambiental 2024:
CATEGORÍA
DE RIESGO

INSPECCIONES A
ESTABLECIMIENTOS/OPERADORES

INSPECCIONES
EN TRÁNSITO

ALTO

1

6

MEDIO

7

-

BAJO

-

-

TOTAL

8

6

INSPECCIONES
NO PROGRAMADAS
SIN DETERMINAR
SE TRAMITARÁN
100%

8.3. Programa Sectorial de Inspección en materia de calidad ambiental.
8.3.1. Introducción.
El PIDIA 2020-2025 acumula en el Plan Sectorial Global de Inspección en materia
de calidad ambiental la planificación de inspección aplicable a todas las instalaciones,
actuaciones y actividades sometidas a los instrumentos de prevención y control
ambiental competencia de esta Consejería y que no estén incluidas en el Anexo I del
Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre. Su elaboración y contenido se adapta a los
requisitos establecidos en la Orden de 10 de noviembre de 1999, por la que se establecen
los Planes de Inspecciones en materia Medioambiental.
Este Plan Sectorial Global de Inspección en materia de calidad ambiental se
ejecuta anualmente mediante el Programa Sectorial de Inspección, que se estructura
en subprogramas. Con cada uno de estos subprogramas se persigue poder verificar
el cumplimiento de las diferentes aspectos ambientales competencia de esta Dirección
General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular. Cada uno de estos
subprogramas, en función de las necesidades específicas de cada año, se podrá
desagregar en diferentes campañas en función de los aspectos ambientales o sectores
específicos a controlar.
8.3.2. Selección de las instalaciones a inspeccionar.
Las instalaciones a inspeccionar en este Programa Sectorial se han seleccionado
de acuerdo con las prioridades y objetivos marcados desde la Dirección General con
competencias en calidad ambiental a través de sus Servicios y las especificadas por las
Delegaciones Territoriales. En particular, se han tenido en cuenta los siguientes criterios:
• Investigación de denuncias y/o accidentes ambientales.
• Incumplimiento de normas ambientales.
• Modificaciones sustanciales de las instalaciones.
• Seguimiento de la autorización.
• Inicio de actividad.
• Entrada en vigor de nueva normativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tabla 9. Inspecciones a realizar en el año 2024 en Programa de Traslados Transfronterizos de residuos