Disposiciones generales. . (2024/57-6)
Resolución de 14 de marzo de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones reguladas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de 2014, modificada por las órdenes de 5 de julio de 2016 y de 30 de octubre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y se modifican los formularios para su tramitación.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 57 - Jueves, 21 de marzo de 2024

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ANEXO I

3. DATOS BANCARIOS
IBAN:

E

S

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Entidad:
Domicilio:
Localidad:

Provincia:

Código postal:

NOTA: Deberá estar de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Tesorería General de la Junta de Andalucía.

4. DECLARACIONES
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud, y que la persona o
entidad solicitante:
Cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria, y se compromete a aportar, en el trámite de
audiencia, la documentación exigida en las bases reguladoras y no adjuntada a la presente solicitud.
No ha solicitado ni obtenido subvenciones o ayudas para la misma finalidad relacionadas con esta solicitud.
Ha solicitado y/u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad relacionadas con esta
solicitud, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Solicitadas
Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto











Concedidas
Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto











Se compromete a cumplir las obligaciones exigidas.
No se halla incursa en ninguna de las prohibiciones contempladas en las presentes bases reguladoras, ni en el artículo 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones .
Se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los terminos establecidos en el artículo 25 y
26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00298824

002574/4

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Fecha/Año

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