3. Otras disposiciones. . (2024/57-42)
Orden de 14 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Inventario de edificios de interés arquitectónico de propiedad pública de carácter local en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 21 de marzo de 2024

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dicho plazo definido, se presentaron 76 alegaciones, las cuales han sido clasificadas,
analizadas y evaluadas según se recoge en el informe de 8 de febrero de 2024 del Servicio
de Arquitectura.
Vistos los antecedentes, la propuesta de resolución de la Secretaria General de
Vivienda de 13 de febrero de 2024, por la facultad otorgada a la persona titular de la
Consejería competente en materia de vivienda en la disposición final primera del Decreto
91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda,
rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, para dictar cuantas
disposiciones y actuaciones precise su desarrollo y ejecución,
DISPONGO
Primero. Aprobar el Inventario de edificios de interés arquitectónico de propiedad
pública de carácter local de Andalucía.
Segundo. Disponer la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Publicar el Inventario de edificios de interés arquitectónico de propiedad
pública de carácter local de Andalucía en el portal web de la Junta de Andalucía, en la
dirección:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/areas/
arquitectura/edificios-interes-arquitectonico/paginas/inventario-2021.html
Cuarto. La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar a partir del día
siguiente de la fecha de la publicación de la presente orden, de conformidad con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 14 de marzo de 2024
ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ

00298974

Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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