Autoridades y personal. . (2024/56-34)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo en la Oficina Judicial de El Ejido.
11 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024

página 42006/3

6. La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por
el personal concursante, podrá recabar de las personas candidatas las aclaraciones o,
en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación
de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren
precisos para una ajustada inclusión o valoración.
Quinta. Fases del concurso y puntuación.
1. El concurso constará de dos fases:
a) Primera fase: Comprobación y valoración de méritos generales: Antigüedad.
b) Segunda fase: Valoración de méritos específicos.
En este apartado se tendrán en cuenta los méritos específicos, adecuados a las
características y contenido del puesto de trabajo descrito en el Anexo I, valorándose las
aptitudes concretas a través de conocimientos, experiencia y aquellos otros elementos
que garanticen la adecuación del aspirante para el desempeño del puesto.
Sexta. Solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso irán dirigidas a la Secretaría
General de Servicios Judiciales y se ajustarán a los modelos publicados como Anexo II.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del
día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado. Si no se lograra la simultaneidad de
publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3. Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del siguiente enlace
electrónico:
https://juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/
servicios/procedimientos/detalle/10596.html
4. Las personas participantes podrán solicitar el puesto singularizado descrito en el
Anexo I, siempre que reúnan los requisitos exigidos para ese puesto de trabajo.
5. Los participantes no podrán anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación.
6. La solicitud formulada será vinculante para la persona peticionaria una vez
transcurrido el período de presentación de instancias.
Séptima. Comisión de Valoración.
Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta por los
siguientes miembros:
Presidente:
Titular: Jesús Solís Ruiz.
Suplente: Rafael Navarro Sánchez.
Vocales:
Titulares:
Doña María Lería Peñafuerte (Secretaria).
Doña Ana María Cabanillas Barroso.
Doña M.ª Carmen Castro Medina.
Don Diego Díaz Benítez.
Don Aníbal Fernando Jiménez de Piñar
Don Manuel Domínguez Bernal.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00298800

Suplentes:
Doña M.ª del Rosario Salas Vidal (Secretaria).
Doña María Ramos Pila.
Doña Rosa María Álvarez Delgado.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja