Disposiciones generales. . (2024/56-4)
Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la ejecución de programas nacionales veterinarios por las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera en régimen de concurrencia no competitiva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024
página 42002/13
(Página 10 de 10)
- Resolver el procedimiento de reintegro: Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera
27.- Régimen sancionador (Artículo 29).
Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de sancionador: Se estará a lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 226/2018, de 18 de
00298796
diciembre, por el que se atribuyen competencias sancionadoras a
determinados órganos de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo
rural, y se establece el plazo máximo de resolución y notificación de
procedimientos sancionadores de su competencia.
- Instruir el procedimiento de sancionador: Le corresponde instruir el procedimiento a los órganos establecidos en el
artículo 2 del Decreto 226/2018,de 18 de diciembre.
- Resolver el procedimiento de sancionador: Serán competentes los órganos establecidos en el artículo 3 del Decreto
226/2018, de 18 de diciembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024
página 42002/13
(Página 10 de 10)
- Resolver el procedimiento de reintegro: Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera
27.- Régimen sancionador (Artículo 29).
Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de sancionador: Se estará a lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 226/2018, de 18 de
00298796
diciembre, por el que se atribuyen competencias sancionadoras a
determinados órganos de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo
rural, y se establece el plazo máximo de resolución y notificación de
procedimientos sancionadores de su competencia.
- Instruir el procedimiento de sancionador: Le corresponde instruir el procedimiento a los órganos establecidos en el
artículo 2 del Decreto 226/2018,de 18 de diciembre.
- Resolver el procedimiento de sancionador: Serán competentes los órganos establecidos en el artículo 3 del Decreto
226/2018, de 18 de diciembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja