Disposiciones generales. . (2024/56-8)
Orden de 11 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía y se modifica la Orden de 7 de julio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de ferias de arte contemporáneo en Andalucía, y para la participación en ferias de arte contemporáneo celebradas en Andalucía o de ámbito nacional o internacional.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024

página 42069/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Orden de 11 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras
de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al
desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía y se modifica la
Orden de 7 de julio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras
de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
para la organización de ferias de arte contemporáneo en Andalucía, y para la
participación en ferias de arte contemporáneo celebradas en Andalucía o de
ámbito nacional o internacional.
I
En virtud de lo dispuesto en el artículo 45.1 del Estatuto de Autonomía de Andalucía
corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía el ejercicio de la actividad de
fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios,
regulando o desarrollando, en su caso, los objetivos y requisitos de otorgamiento y
gestionando su tramitación y concesión. Asimismo, el artículo 68.1 del texto estatutario
atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura, que
comprende las actividades artísticas y culturales que se lleven a cabo en Andalucía, así
como el fomento de la cultura, en relación con el cual se incluye el fomento y la difusión
de la creación y la producción de la industria cinematográfica y audiovisual.
Por su parte, de conformidad con el artículo 1.1 del Decreto 159/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y
Deporte, corresponde a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la propuesta,
desarrollo, ejecución, coordinación y control de las directrices generales del Consejo de
Gobierno en relación con las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la
Comunidad Autonóma de Andalucía en materia de turismo, cultura y deporte.
Junto a lo anterior, en virtud de lo establecido por el artículo 6.1. del decreto citado,
corresponde a la persona titular de la Secretaría General para la Cultura las competencias
de impulso, dirección, coordinación, evaluación y control de las políticas que desarrolle la
Consejería en materia de cultura y, más concretamente, en virtud del apartado 6,2 c), la
elaboración y tramitación de las disposiciones de carácter general y de los instrumentos
de colaboración, directrices y programas en materia de cultura.

Esta Consejería, en el ejercicio de sus políticas de fomento y promoción en los
diversos ámbitos de la cultura de Andalucía, es consciente de la importancia que tiene el
sector audiovisual en la sociedad actual y de cómo el desarrollo de su actividad favorece
el enriquecimiento cultural y económico en nuestra Comunidad Autónoma.
En este sentido, en los últimos años esta Consejería, con el objetivo de fomentar y
promocionar el sector audiovisual en Andalucía, ha aprobado, entre otras, la Orden de
11 de mayo de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de proyectos de
largometrajes, de documentales y de otras obras audiovisuales en Andalucía.
Por otra parte, la Ley 6/2018, de 9 de julio, del Cine de Andalucía, aborda por vez
primera el establecimiento de un marco jurídico regulador de la actividad cinematográfica
y de la producción audiovisual desarrollada en la Comunidad Autónoma, con la finalidad
de fortalecerla e impulsar su desarrollo. Así, en su Título III se establecen las medidas de
fomento de la industria cinematográfica, poniendo al servicio de las empresas del sector
medidas de diversa naturaleza con la finalidad de favorecer su desarrollo y la creación de
empleo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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