Autoridades y personal. . (2024/55-21)
Resolución de 8 de marzo de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia la convocatoria para la provisión externa definitiva de veinticinco puestos de Teleasistente en la Jefatura del Servicio Andaluz de Teleasistencia en Málaga.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 19 de marzo de 2024

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4. Acreditación de méritos.
Los méritos que las personas candidatas deben acreditar se han de subir a la
plataforma informática en formato PDF, teniendo en cuenta que el documento que se
presente ha de estar completo (anverso y reverso) y legible.
Experiencia.
La acreditación de la experiencia laboral se realizará mediante los siguientes documentos:
• Para trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena:
Informe de Vida Laboral y Contrato de trabajo u Hoja Acreditativa de servicios de
Función Pública o Comunicaciones de contrato al SEPE: En el que aparezca la entidad
contratante, el puesto de trabajo con la misma denominación que el baremado y la fecha
de inicio del contrato.
En caso de inexistencia de contratos de trabajo, los mismos podrán ser sustituidos por
nóminas, documentos expedidos por el Servicio Público de Empleo, Hojas de Servicios
prestados en Función Pública o comunicaciones de contrato en las que se reflejen la
duración del contrato y la categoría profesional en la que se han prestado los servicios.
De no ser un puesto igual al baremado, deberá acreditarse además del contrato de
trabajo, el certificado de funciones expedido por la entidad contratante o, en su defecto,
extracto del convenio colectivo de aplicación en el que queden claramente especificadas
dichas funciones.
• Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los períodos de alta
en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
Declaración jurada donde se describa la actividad desarrollada e intervalo de tiempo
en el que se ha realizado la misma.
En ningún caso se baremarán los certificados de trabajo expedidos por entidades
privadas, actividades desarrolladas en calidad de prácticas no remuneradas, o contratos
que no aparezcan en el informe de vida laboral.
En el caso de la experiencia laboral en la Agencia y/o Fundaciones de origen, en lugar
de acreditar los méritos grabados a través de la documentación referida anteriormente,
se podrá optar por adjuntar debidamente cumplimentado el Anexo I: Acreditación SEPPA
Experiencia Laboral ASSDA.
Formación.
La acreditación de la formación no reglada se realizará mediante la aportación del
título o certificado del centro de formación (anverso y reverso) en el que consten los
siguientes datos: nombre de la entidad que organiza y/o imparte el curso, denominación
de la acción formativa, número de horas, y sello y firma manuscrita o firma electrónica de
la entidad que expide el título.
En el caso de que el título o certificado no refleje el número de horas no será valorado,
a excepción de aquellos casos que la titulación sea expedida por Universidades, en los
que se computarán 10 horas por cada crédito y 25 horas por cada crédito ECTS.

5. Traducción de documentos.
Toda aquella documentación aportada para acreditar los requisitos y méritos alegados
que no estuviera redactada en idioma español, deberá acompañarse de traducción jurada
oficial a través de la figura de traductora o traductor intérprete jurado.
Sevilla, 8 de marzo de 2024.- El Director Gerente, José Luis Prieto Rivera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Titulaciones académicas.
Las de carácter universitario, con el título expedido, con la certificación supletoria provisional
o con la credencial de homologación o equivalencia expedida por el Ministerio competente en
materia de educación; las no universitarias, con el título expedido o con la certificación emitida
por la autoridad competente según la normativa que le resulte de aplicación.