Autoridades y personal. . (2024/55-21)
Resolución de 8 de marzo de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia la convocatoria para la provisión externa definitiva de veinticinco puestos de Teleasistente en la Jefatura del Servicio Andaluz de Teleasistencia en Málaga.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 19 de marzo de 2024

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solicitud, esta será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no presentación
en tiempo y forma de la solicitud mediante la herramienta informática habilitada a tal
efecto supondrá la inadmisión de la persona aspirante.
A modo informativo, el soporte técnico para la presentación de solicitudes se encuentra
en la página web de la ASSDA: https://www.assda.junta-andalucia.es/index.php/m-laagencia/seleccionpersonal#servicio-de-provision-de-puestos-de-la-assda-seppa
En el apartado «Servicio de Provisión de Puestos de la ASSDA (SEPPA)», además
del enlace a la propia herramienta, se encuentra disponible la siguiente información que
se actualiza periódicamente:
- Manual de uso de la herramienta SEPPA.
- Correo de Soporte técnico al proceso de selección: seppa.assda@juntadeandalucia.es
- Videos tutoriales (Alta Méritos, Inscripción, Alegaciones, Autobaremo, etc).
- Documento FAQ SEPPA Preguntas y respuestas frecuentes.
Cuarta. Acreditación de requisitos.
Al presentar la solicitud la persona solicitante deberá acreditar todos los requisitos
exigidos para poder participar en la convocatoria.
La documentación acreditativa de los requisitos deberá ajustarse a lo recogido en las
bases de la presente convocatoria y en las condiciones particulares de la misma.
La persona solicitante se responsabilizará de la veracidad de los documentos
adjuntados, declarando en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos
exigidos, y que la documentación acreditativa anexada es copia fiel del original,
asumiendo la responsabilidad en la que pudieran incurrir por falsedad en la solicitud.
Aquellas personas que no presenten la documentación en los plazos y formas
establecidos para ello, perderán los derechos derivados de su participación en el proceso,
sin perjuicio de lo establecido en materia de alegaciones referido en la base sexta de la
presenta convocatoria.

Sexta. Sistema selectivo.
6.1. Lista provisional de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y tras la comprobación de la
acreditación de los requisitos aportados, se hará pública la lista provisional de personas
admitidas y excluidas indicando las causas de exclusión y ordenadas alfabéticamente.
Las personas aspirantes contarán con un plazo de diez días hábiles, desde el día
siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la lista provisional
de personas admitidas y excluidas, para formular las alegaciones correspondientes a la
citada lista a través de la plataforma informática correspondiente.
La publicación de la citada lista provisional de personas admitidas y excluidas
supondrá la aplicación de lo regulado en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinta. Autobaremación.
La persona solicitante podrá aportar todos los méritos relativos al puesto ofertado
conforme al baremo establecido en las condiciones particulares de la presente
convocatoria.
Sólo las personas candidatas que resulten admitidas en el proceso selectivo, podrán
presentar su autobaremo firmado de forma electrónica a través de la herramienta
informática creada para tal efecto, dentro del plazo establecido para ello.
Sólo se valorarán los méritos anteriores a la fecha de la publicación de la convocatoria
del proceso. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo convocado
por la presente resolución deberán reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos para
el acceso al puesto ofertado a la fecha de publicación de la convocatoria y mantenerse
hasta la fecha de formalización del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la documentación presentada.