3. Otras disposiciones. . (2024/54-21)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Huelva y se emplaza a los terceros interesados.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Lunes, 18 de marzo de 2024

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por
la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo núm. 2 de Huelva y se emplaza a los terceros
interesados.
Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Sevilla, sito en C/ Aragón,
núm. 2, Local B, se ha interpuesto por doña Ana Vanessa Sánchez Gómez recurso
contencioso-administrativo núm. P.O. 29/2024 contra la desestimación presunta
del recurso de reposición formulado contra la Resolución de 15 de junio de 2023, de
la Secretaría General de Desarrollo Educativo, por la que se declaran las personas
aspirantes, por cuerpo, especialidad y, en su caso, turno de ingreso, que han superado
el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante
concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores
de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller
de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en sectores singulares
de Formación Profesional, convocado por Orden de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, de 14 de noviembre de 2022.
Publicándose la presente para notificación a los terceros interesados y sirviendo de
emplazamiento para que puedan comparecer y personarse como demandados ante la
citada sala, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente al de la publicación
de esta resolución, mediante Procurador y Abogado, o solamente mediante Abogado
con poder al efecto, haciéndoseles saber que, de personarse fuera del plazo indicado,
se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del
procedimiento, y que si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por
sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

00298694

Sevilla, 12 de marzo de 2024.- La Secretaria General Técnica, Isabel Gabella Valera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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