3. Otras disposiciones. . (2024/53-38)
Resolución de 6 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se acuerda la disolución de agrupación y constitución de una nueva agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Viernes, 15 de marzo de 2024

página 41838/2

Segundo. Autorizar la constitución de la Agrupación para el sostenimiento en común
del puesto y entre las Entidades Locales cuyos datos se consignan en el punto 2.
Tercero. Clasificar los puestos resultantes de la siguiente forma:
- Agrupación de Secretaría, clase 3.ª-25700. Ayuntamientos de Alfarnate y Cútar
(Málaga), para su desempeño por funcionarios de Administración Local con habilitación
de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención.
- Secretaría, clase 3.ª-25701, Ayuntamiento de Iznate (Málaga), para su desempeño
por funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,
perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención.
Cuarto. De conformidad con la disposición adicional segunda del Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo, resulta titular del puesto resultante de la Agrupación de
Secretaría, clase 3.ª-25700 doña Ana Belén Martín Fernández.
Quinto. Fijar la capitalidad de la Agrupación en el Ayuntamiento de Alfarnate (Málaga).
Sexto. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Séptimo. La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las funciones reservadas
podrán continuar desempeñándose, en su caso, con arreglo a la situación previa a esta
resolución durante un periodo máximo de tres meses hasta la cobertura del puesto
conforme a cualesquiera de los sistemas de provisión previstos en el Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo.
4. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este
orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo
de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien, también con carácter potestativo, el
requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de
dos meses, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración
Pública.

00298596

Sevilla, 6 de marzo de 2024.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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