3. Otras disposiciones. . (2024/53-39)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados provisionales de personas admitidas y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables de nómina para el ejercicio 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Viernes, 15 de marzo de 2024

página 41883/2

Una vez cumplimentado, se procederá a la grabación del documento como borrador
con la opción «guardar como borrador». En su caso, el sistema indicará los errores u
omisiones en que se haya incurrido para que se proceda a su subsanación. Esta opción
supone el almacenamiento temporal del documento a fin de que por el usuario se pueda
completar su confección en posteriores sesiones, a través de la opción «Editar». Este
almacenamiento temporal de la información tendrá sólo carácter instrumental, pudiendo
imprimirse cruzado por una banda que indique su carácter, y carecerá de transcendencia
jurídica alguna en el procedimiento.
Finalizada la cumplimentación de la alegación, quien acceda con certificado
electrónico, podrá solicitar la opción «Firmar y presentar»; quien acceda con código de
usuario y clave privada de acceso, tendrá la opción «Presentar». Ambas opciones son
válidas para la presentación de la alegación.
Desde el momento en que la alegación queda firmada «Firmada y Presentada» o
«Presentada» no podrá ser modificada en ningún caso, si bien se podrán presentar tantas
alegaciones como sea necesario, tomándose como válida la última.
La presentación de la alegación en el Registro Electrónico Único de la Junta de
Andalucía generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos
electrónicos presentados por la persona interesada en el que se dará constancia del
asiento de entrada que se asigna al documento, así como la fecha y hora que acredite
el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma por el citado Registro.
Dicho justificante se hará llegar inmediatamente a la persona interesada en la dirección
electrónica que ésta haya designado.
En el caso de que se detecten anomalías de tipo técnico en la presentación
electrónica de la alegación, dicha circunstancia se pondrá en conocimiento de la persona
solicitante por la propia aplicación mediante los correspondientes mensajes de error, para
que proceda a su susbsanación.
Independientemente del modo de presentación elegido –«Firmar y Presentar» o
«Presentar»–, la alegación quedará presentada cuando en el apartado correspondiente
aparezca un «OK».
La persona solicitante podrá guardar su alegación electrónica y obtener copia escrita
de la misma mediante las correspondientes opciones de guarda e impresión facilitada por
la aplicación.
Si hubiera que presentar alguna documentación, esta se adjuntará escaneada en
formato «.PDF», mediante la opción «adjuntar». Cualquier otro formato no será valido ya
que no se garantiza su correcta visualización y lectura. Cada documento que se adjunte
será firmado con el certificado electrónico o usuario y clave de acceso.

00298653

Sevilla, 12 de marzo de 2024.- El Secretario General, Arturo Enrique Domínguez Fernández.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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