3. Otras disposiciones. . (2024/53-35)
Orden de 6 de marzo de 2024, por la que se acuerdan actuaciones específicas en memoria democrática en varios municipios andaluces.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 53 - Viernes, 15 de marzo de 2024

página 41893/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Orden de 6 de marzo de 2024, por la que se acuerdan actuaciones específicas
en memoria democrática en varios municipios andaluces.
A NTECEDENTES
Primero. Mediante Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado
de Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de
Memoria Democrática, por el que se determinan los criterios de reparto, así como
la distribución resultante de fondos para las Comunidades Autónomas, del crédito
asignado en el año 2023 para actividades de Memoria Democrática y se formalizan
los compromisos financieros resultantes, se transfiere a la Comunidad Autónoma de
Andalucía la cantidad de 436.328,38 euros. Dentro de los proyectos contemplados en
dicha resolución que deben ser ejecutados por esta Comunidad Autónoma, se incluyen,
entre otros, los trabajos de investigación, localización y delimitación en Campillos y
Cañete en la provincia de Málaga, los de localización y delimitación en Algodonales y
Barbate, en la provincia de Cádiz, y Órgiva en la provincia de Granada, así como los de
exhumación en Dos Hermanas, provincia de Sevilla.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 2/2017, de 28 de
marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, se han recibido las solicitudes
de autorización de las actuaciones de investigación, indagación y localización en Estepa
en la provincia de Sevilla, de indagación y localización en Valverde del Camino en la
provincia de Huelva, de localización, delimitación y exhumación en Galera en la provincia
de Granada, en Zufre en la provincia de Huelva y en Espartinas en la provincia de Sevilla
y de exhumación en Villanueva del Rosario en la provincia de Málaga.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Segundo. Conforme al procedimiento establecido en el artículo 7.1 del Decreto 334/2003,
de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la
Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas
durante la Guerra Civil Española y la Posguerra, el Comité Técnico de Coordinación previsto
en el mismo y regulado por Orden de 9 de julio de 2013, acordó elevar propuestas para
la aprobación, entre otras, de las actuaciones de indagación, localización, exhumación,
estudio antropológico e identificación genética en los siguientes municipios:
En la provincia de Cádiz:
- Algodonales (sesión de 9 de enero de 2024).
- Barbate (sesión de 9 de enero de 2024).
En la provincia de Granada:
- Galera (sesión de 20 de junio de 2018).
- Órgiva (sesión de 9 de enero de 2024).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Primero. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, las
actividades dirigidas a la localización, exhumación y, en su caso, la identificación de
los restos de víctimas de la Guerra Civil y la posguerra deberán ser autorizadas por
la Consejería competente en materia de memoria democrática de acuerdo con los
protocolos previstos en la Ley y con las garantías y procedimientos que se establezcan
reglamentariamente.