3. Otras disposiciones. . (2024/53-27)
Orden de 11 de marzo de 2024, por la que se actualiza el importe de la indemnización por utilización de vehículo particular establecida en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Viernes, 15 de marzo de 2024

página 41864/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

A tenor del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio de la Junta de Andalucía, la prestación de servicios a la Administración de la
Junta de Andalucía, sus organismos e instituciones, dará derecho al resarcimiento de
los gastos que se ocasionen por razón del servicio, en las circunstancias, condiciones y
límites regulados en dicho decreto.
Los supuestos que dan derecho a indemnización se encuentran determinados en el
artículo 3 del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, y su realización puede dar lugar al abono,
entre otros, de gastos de desplazamiento.
Según lo previsto en el artículo 20.3 del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, la
compensación a percibir como consecuencia de la utilización de vehículo particular será
fijada por orden de la Consejería competente en materia de hacienda.
Las cuantías actualmente vigentes están fijadas en la Orden de la Consejería de
Economía y Hacienda de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de
determinadas indemnizaciones por razón del servicio, que establece en su artículo 1 que
«de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.3 del Decreto 54/1989, de 21 de marzo,
sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía, el importe de la
indemnización a percibir como gasto de desplazamiento por la utilización de vehículo
particular queda fijado en 0,19 euros por kilómetro recorrido por el uso de automóvil y en
0,078 euros por el de motocicletas».
Teniendo en cuenta la actual situación económica, dada la evolución experimentada
por los precios del carburante, que están al alza también por el impacto derivado de
la invasión de Ucrania, resulta conveniente proceder, mediante la presente orden, a la
revisión de la indemnización por la utilización de vehículo particular.
Mediante la Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, se ha revisado el importe de la
indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de
24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, en cuyo artículo 1 se actualiza
el importe de la indemnización a percibir como gasto de viaje por el uso de vehículo
particular en comisión de servicio, prevista en el artículo 18.1 del Real Decreto 462/2002,
de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, que queda fijado en 0,26
euros por kilómetro recorrido por el uso de automóviles y en 0,106 euros por kilómetro
recorrido por el uso de motocicletas.
Asimismo, se ha dictado la Orden HFP/792/2023, de 12 de julio, por la que se revisa
la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas, mediante la actualización del artículo 9.A.2.b) del
Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real
Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
Conforme a la memoria a que se refiere el artículo 7 del Decreto 622/2019, de
27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos
y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, esta disposición satisface
plenamente los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica,
transparencia y eficiencia que el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, exige cumplir en
el ejercicio de la potestad reglamentaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Orden de 11 de marzo de 2024, por la que se actualiza el importe de la
indemnización por utilización de vehículo particular establecida en el Decreto
54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la
Junta de Andalucía.