Disposiciones generales. . (2024/51-1)
Orden de 8 de marzo de 2024, de la Consejera de Salud y Consumo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de ayuda mutua y atención integral a personas vulnerables en el ámbito de la salud.
54 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 51 - Miércoles, 13 de marzo de 2024

página 41747/45

(Página 7 de 16)
2.4 Calendarización de las actividades. (0-4)
2.5 Inclusión de actividades para la consecución de objetivos específicos en materia de igualdad de
género.(0-4)
3 RESULTADOS Y EVALUACIÓN

(Máximo 16 puntos):

3.1 Idoneidad de los indicadores de seguimiento. (0-4)
3.2 Idoneidad de los indicadores de resultados. (0-4)
3.3 Coherencia entre los resultados esperados y los objetivos específicos. (0-4)
3.4 Impacto en la salud (0-4)
4 RECURSOS Y PRESUPUESTO (Máximo 8 puntos):
4.1 Descripción detallada del presupuesto. (0-2)
4.2 Valoración del coste de los recursos humanos (no superior al 80% del coste total).

(0-2)

4.3 Valoración de aportación de fondos propios al proyecto (superior al 5% del total). (0-2)
4.4 Creación/mantenimiento de empleos estables. (0-2)
5 PARTICIPACIÓN (Máximo 8 puntos):
5.1 Valoración de la participación de la población destinataria en el proyecto. (0-2)
5.2 Valoración de la participación de profesionales de la entidad, voluntariado y/o alumnado en
prácticas en el proyecto. (0-1)
5.3 Coherencia con algún Plan del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) en fase de diseño o
ejecución. (0-1)
5.4 Mantenimiento de espacios de coordinación y participación con los centros sanitarios de atención
primaria. (0-2)
5.5 Especificación de actuaciones con otras Administraciones u Organismos no sanitarios
(intersectorialidad). (0-2)
B. CRITERIOS DE EXCELENCIA RESPECTO A LA ENTIDAD (Máximo 10 puntos)
1. La entidad posee y acredita una certificación de calidad. (0-2)
2. La entidad posee un Plan de Igualdad (0-2)
3. Composición paritaria de la Junta Directiva. (0-2)
4. Empleo de personas con discapacidad por encima de las exigencias legales. (0-2)
5. Medidas de seguridad y salud laboral. (0-1)
6. Instrumentos de prevención y control ambiental. (0-1)
Solo podrán optar a ser subvencionados los proyectos que alcancen, al menos, cincuenta puntos en
la aplicación de los criterios de valoración.

12.b) Priorización en caso de empate:

En caso de empate en la puntuación de dos o más proyectos, se resolverá a favor de quien mayor
puntuación haya obtenido en la aplicación de los Criterios de Excelencia respecto a la entidad,
recogido en el apartado 12.a)B

1. Trayectoria y experiencia de la entidad (máximo 10 puntos):
◦ Más de 5 años de experiencia: 10 puntos
◦ Entre 3 y 5 años: 5 puntos
◦ Menos de 3 años: 1 punto
2. Calidad de la Justificación Técnica y Económica de la última convocatoria presentada
(máximo 10 puntos):

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298458

De persistir en empate, se resolverá a favor la entidad o agrupación de entidades solicitantes que
haya demostrado una mayor capacidad de gestión y experiencia en la ejecución y justificación de
otros proyectos y actividades y/o actividades subvencionados con anterioridad similares a los
presentados, valoradas con un máximo de 20 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios: