Disposiciones generales. . (2024/51-1)
Orden de 8 de marzo de 2024, de la Consejera de Salud y Consumo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de ayuda mutua y atención integral a personas vulnerables en el ámbito de la salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Miércoles, 13 de marzo de 2024

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No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación:

20.b) Las subvenciones concedidas serán objeto de la publicidad activa establecida en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia
Pública de Andalucía, y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno,
de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava, así como en la normativa que desarrolle aquéllas:
Sí.
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está sujeta a las limitaciones siguientes:
- Circunstancias determinantes:
- Limitaciones de la publicación:
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación:

21.- Modificación de la resolución de concesión (Artículo 23).
21.a) Las circunstancias específicas, que como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la
subvención, podrán dar lugar a la modificación de la Resolución, son las siguientes:
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5.c) 2º de este cuadro resumen, las causas de fuerza mayor
o fortuitas, enfermedad, accidente, modificación de las condiciones contractuales, baja voluntaria o
renuncia a la prestación del servicio, redistribución entre la tipología de gastos aprobados en la
resolución, así como otras causas sobrevenidas o necesarias para el buen fin de la actuación que
motiven la ampliación de los plazos de ejecución y/o justificación, no pudiendo estar motivada por
razones de oportunidad, conveniencia, culpa o negligencia por su parte.

21.b) La persona o entidad beneficiaria de la subvención puede instar del órgano concedente la iniciación de oficio del procedimiento para
modificar la resolución de concesión:
No.
Sí.

21.c) Posibilidad de modificar la resolución de concesión por decisiones digiridas al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera
No.
Sí. Siempre que la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía lo prevea, el órgano competente para conceder la subvención
podrá modificar la resolución de concesión en orden al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera,
ajustándose a las siguientes determinaciones:
La modificación de la resolución de concesión podrá consistir en:
La modificación de la resolución de concesión tendrá lugar entre las personas beneficiarias aplicando los siguientes criterios de distribución:

La modificación de la resolución de concesión podrá acordarse hasta:
La modificación de la resolución de concesión supondrá la reducción de las obligaciones de las personas beneficiarias con el siguiente alcance:

Otras determinaciones:

La modificación de la resolución de concesión se efectuará siguiendo las directrices establecidas
por el órgano competente en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

22.- Exigencia de estados contables y registros específicos (Artículo 24):
No.
Sí. Estados contables y/o registros específicos exigidos:

23. Medidas de información y publicidad, y otras condiciones y obligaciones específicas que deben cumplir y/o adoptar las
personas o entidades beneficiarias (Artículo 24).
23.a) Medidas de información y publicidad.
23.a).1º Medidas de información y publicidad que deben adoptar las personas o entidades beneficiarias:
No se establecen.
Se establecen las siguientes medidas:

23.b) Obligaciones:
23.b).1º Obligaciones de transparencia y suministro de información y términos y condiciones en los que se ha de cumplir:

Las entidades beneficiarias estarán obligadas a suministrar a la Consejería competente en materia
de salud, previo requerimiento y en el plazo de quince días, toda la información necesaria para el
cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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23.a). 2º Términos y condiciones de publicidad específica en materia de transparencia: