Disposiciones generales. . (2024/51-3)
Orden de 4 de marzo de 2024, por la que se efectúa la convocatoria del procedimiento para la concesión de las ayudas a la mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pesqueros y acuícolas y de las ayudas para el fomento de la comercialización en el marco de la calidad y el valor añadido de los productos, envases y presentaciones de los productos pesqueros y acuícolas, al amparo de la Orden de 26 de octubre de 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Miércoles, 13 de marzo de 2024

página 41728/2

Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva las ayudas para la mejora
de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pesqueros y
acuícolas y las ayudas para el fomento de la comercialización en el marco de la calidad y
el valor añadido de los productos, envases y presentaciones de los productos pesqueros
y acuícolas, reguladas en la Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva
para la promoción, la comercialización y la transformación de los productos pesqueros y
acuícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía al amparo del Programa para España
del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura 2021-2027.
2. La información asociada a los procedimientos de concesión de las ayudas
convocadas en la presente orden se reproduce a continuación:
Líneas de ayuda
Ayudas para la mejora de la comercialización
mediante campañas de promoción de los
productos pesqueros y acuícolas
Ayudas para el fomento de la comercialización
en el marco de la calidad y el valor añadido de
los productos, envases y presentaciones de los
productos pesqueros y acuícolas

Código de
procedimiento

Enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede
Electrónica General de la Junta de Andalucía

25185

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/
procedimientos/detalle/25185.html

25182

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/
procedimientos/detalle/25182.html

Tercero. Financiación y régimen aplicable.
1. La intensidad máxima de la ayuda será del 50% del gasto subvencionable total de
la operación. No obstante, dicha intensidad podrá variar en función de la categoría de
la operación subvencionable de acuerdo a los porcentajes específicos de intensidad de
la ayuda contemplados en el Anexo III del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 7 de julio, que serán aquellas operaciones subvencionadas en
virtud del artículo 30 del citado Reglamento que cumplen, al menos, uno de los siguientes
criterios: i) ser de interés colectivo; ii) tener un beneficiario colectivo; o iii) presentar
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298426

Segundo. Entidades solicitantes y beneficiarias de las ayudas.
Podrán solicitar las ayudas las personas o entidades contempladas específicamente
en los artículos 32 y 35 de la Orden de 26 de octubre de 2023 de bases reguladoras, para
cada línea de ayuda siempre que reúnan los requisitos contemplados en el artículo 3 del
citada texto normativo:
- Ayudas a la promoción de los productos de la pesca y acuicultura:
a) Las personas físicas y jurídicas que desarrollen su actividad económica o
profesional en el ámbito de la comercialización y transformación de los productos
pesqueros y acuícolas.
b) Las asociaciones sin ánimo de lucro del sector pesquero y acuícola, comercializador
y transformador.
c) Las Cofradías de Pescadores y sus Federaciones.
- Ayudas a la comercialización en el marco de la calidad y el valor añadido de los
productos, envases y presentaciones de los productos pesqueros y acuícolas:
Personas físicas y jurídicas que desarrollen su actividad económica o profesional en
el ámbito de la comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas.