Autoridades y personal. . (2024/50-36)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado incluido en el listado complementario a la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal de 2017/2019.
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Número 50 - Martes, 12 de marzo de 2024

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empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto 406/2019, de
5 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía para 2019, y el apartado 3
de la base novena de la resolución de convocatoria, determinan que la petición de destino
habrá de efectuarse preferentemente mediante la utilización de medios electrónicos,
de acuerdo con el modelo que se publica como Anexo II de la presente resolución,
debidamente firmado y cumplimentado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo
16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. La presentación electrónica se realizará en el Registro Electrónico Único de la
Junta de Andalucía, al que se accederá desde la Web de Emplead@, a través de la
dirección https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/
y conforme al procedimiento que se detalla en el Manual explicativo que figura en la
indicada página, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados siguientes sobre la
documentación a la que se refiere la base novena, apartado 4, de la Resolución de 8 de
noviembre de 2019.
Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico vigente y reconocido que sea válido, expedido por la FNMT-RCM,
si se accede fuera de la red corporativa, pudiendo utilizarse usuario y clave si se accede
desde dicha red.
La solicitud presentada ante el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía no
podrá ser modificada, en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva
solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en
el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como
fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.
3. Además de la petición de destino señalada en los párrafos anteriores, las personas
aspirantes deberán aportar la documentación a la que se refiere el apartado 4 de la
base novena contenida en la Resolución de 12 de noviembre de 2019, que habrá de
presentarse preferentemente por medios electrónicos, en idéntico plazo de 20 días
hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presentación electrónica de la referida documentación se realizará en el Registro
Electrónico Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la Presentación
Electrónica General, a través de la dirección
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
Respecto del documento indicado en la letra b) del apartado 4 de la base novena
deberá aportarse copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto,
copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta a los
Registros de Títulos No Universitarios» en la sede electrónica del Ministerio de Educación
y Formación Profesional.
El personal aspirante que solicite puestos de trabajo con la característica singular
«Contacto habitual con Menores» deberá formular la correspondiente Declaración
Responsable de no haber sido condenado por sentencia firme en los términos
establecidos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección
Jurídica del Menor, cumplimentando al efecto el formulario que figura en el Anexo II-B) de
la presente resolución. Si presta consentimiento para la consulta de sus datos contenidos
en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, marcará la casilla correspondiente tanto
en el formulario de petición de destinos, Anexo II, como en el propio Anexo II-B). Si no
autoriza la consulta, habrá de aportar certificación negativa emitida por dicho órgano,
que será presentada preferentemente utilizando medios electrónicos en el Registro
Electrónico Único de la Junta de Andalucía junto al formulario de petición de destinos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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