Autoridades y personal. . (2024/49-9)
Resolución de 6 de marzo de 2024, del Consejo Audiovisual de Andalucía, por la que se adjudica puesto de trabajo de libre designación, convocado por la resolución que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Lunes, 11 de marzo de 2024

página 41648/1

2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO AUDIOVISUAL DE ANDALUCÍA
Resolución de 6 de marzo de 2024, del Consejo Audiovisual de Andalucía, por
la que se adjudica puesto de trabajo de libre designación, convocado por la
resolución que se cita.
De conformidad con lo previsto en el artículo 128 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la
Función Pública de Andalucía, y en el artículo 64 del Reglamento General de Ingreso,
promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el
Decreto 2/2002, de 9 de enero, teniendo en cuenta que se ha seguido el procedimiento
establecido y que la persona candidata elegida cumple los requisitos y especificaciones
exigidos en la convocatoria, esta Secretaría General, en virtud del artículo 1.h) de la
Resolución de 28 de mayo de 2013 (BOJA núm. 114, de 13 de junio), de la Presidencia
del Consejo Audiovisual de Andalucía, por la que se delegan competencias en materia de
gestión económica, contratación y recursos humanos,
RESU ELV E
Adjudicar el puesto de trabajo de libre designación denominado AT Contenidos, código
1420, adscrito al Consejo Audiovisual de Andalucía y cuya provisión fue convocada por
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Secretaría General del Consejo Audiovisual
de Andalucía (BOJA núm. 243, de 21 de diciembre), al funcionario que figura en el anexo.
La toma de posesión se efectuará en los plazos establecidos en el artículo 51.1,
en relación con el artículo 65, del Reglamento General de Ingreso, promoción interna,
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la
Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002, de 9
de enero.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada
directamente, a elección del recurrente, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
en cuya circunscripción tenga el mismo su domicilio o ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el
día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo
establecido en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía, los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos
8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

00298292

Sevilla, 6 de marzo de 2024.- La Secretaria General, P.D. (Resolución de 28.5.2013, de la
Presidencia del Consejo Audiovisual de Andalucía, BOJA núm. 114, de 13.6.2013), María
del Mar Ahumada Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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