Autoridades y personal. . (2024/48-19)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Viceconsejería, por la que se amplía el plazo para la resolución del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de esta Consejería en la provincia de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Viernes, 8 de marzo de 2024

página 41512/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Viceconsejería, por la que se amplía
el plazo para la resolución del concurso de méritos para la provisión de puestos
de trabajo vacantes en el ámbito de esta Consejería en la provincia de Sevilla.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28
de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía; de
conformidad con el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración
General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, y en uso
de la competencia atribuida a esta Consejería por el artículo 43 del citado Reglamento y
el dispone primero 1.c) de la Orden de 14 de noviembre de 2023, por la que se delegan
competencias en diversos órganos de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo
Social y Simplificación Administrativa y se publicita delegaciones de competencias de
otros órganos,

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298100

Con fecha 26 de octubre de 2023, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm.
206, se publicó la Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de la
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, por la que se convoca
concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de
esta Consejería en la provincia de Sevilla.
La base duodécima de la misma establece que la resolución del procedimiento
deberá efectuarse en el plazo máximo de cuatro meses, a contar desde la finalización del
plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.3
del Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo
y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, sin perjuicio de la posibilidad
de ampliación del mencionado plazo, de conformidad con lo previsto en el artículo 23
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Ante el número de solicitudes de participación presentadas y habida cuenta de la
complejidad que supone la gestión y resolución de los concursos a resultas, y pese a
los medios personales y materiales aplicados al proceso, se hace necesario acordar
una ampliación del plazo máximo por un periodo igual al establecido para la tramitación
del procedimiento, al amparo de lo previsto en el referido artículo 23 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, que atribuye la competencia para la ampliación del plazo máximo para
resolver al órgano competente para la resolución y publicación.
El artículo 43.1 del Reglamento aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero,
establece que la competencia para efectuar la resolución de los concursos de méritos
para la provisión de puestos de trabajo adscritos a personal funcionario se atribuye a las
personas titulares de las Consejerías en relación con los puestos de trabajo adscritos a
los Servicios Centrales de su Consejería y a los Servicios Periféricos en la provincia de
Sevilla, así como en relación con los puestos de trabajo correspondientes a las Agencias
adscritas a cada una en dicha provincia.