5. Anuncios. . (2024/47-64)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, por la que se hacen públicos los extractos de las tablas de valoración aprobadas y revisadas por la orden que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Jueves, 7 de marzo de 2024

página 41547/13

Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía.
Unidad: Departamento de Aplicación de los Tributos/Servicio de Recaudación.
Fecha inicial: 2019. Fecha final: Organismo: Gerencias Provinciales de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Unidad: Servicio de Recaudación.
Fecha inicial: 2019. Fecha final: Resolución: Se podrá eliminar esta serie en su totalidad. La eliminación se llevará a
cabo en el Archivo Central a los cuatro años desde la fecha de la declaración del cese de
la actividad.
No se podrán eliminar aquellos expedientes que hayan sido recurridos en instancias
superiores, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que
correspondan a relaciones jurídicas vigentes. De los documentos susceptibles de ser
eliminados se realizará un muestreo consistente en la conservación de dos ejemplares
por año.
ANEXO 15
Código: 286.
Denominación: Declaración anual del Impuesto sobre Vertidos a las Aguas Litorales.
Procedencia (Unidad Productora).
Organismo: Consejería de Economía y Hacienda.
Unidad: Fecha inicial: 2003. Fecha final: 2010.
Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía.
Unidad: Departamento de Aplicación de los Tributos/Unidades de Recaudación.
Fecha inicial: 2011. Fecha final: 2018.
Organismo: Coordinaciones Territoriales de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Unidad: Unidades de Recaudación.
Fecha inicial: 2011. Fecha final: 2018.
Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía.
Unidad: Departamento de Aplicación de los Tributos/Servicio de Recaudación.
Fecha inicial: 2019. Fecha final: -

Resolución: Se podrá eliminar esta serie en su totalidad. La eliminación se llevará
a cabo en el Archivo Central a los siete años desde la fecha de la presentación de la
declaración.
No se podrán eliminar aquellos expedientes que hayan sido recurridos en instancias
superiores, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que
correspondan a relaciones jurídicas vigentes. De los documentos susceptibles de ser
eliminados se realizará un muestreo consistente en la conservación de dos ejemplares
por año.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298157

Organismo: Gerencias Provinciales de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Unidad: Servicio de Recaudación.
Fecha inicial: 2019. Fecha final: -