3. Otras disposiciones. . (2024/47-41)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas de espectáculos para el programa Abecedaria de la Red Andaluza de Teatros Públicos para el curso escolar 2024-25.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Jueves, 7 de marzo de 2024

página 1654/2

Segundo. Requisitos de los participantes.
Podrán presentar sus ofertas de espectáculos de teatro, danza, música, circo y
flamenco las entidades con domicilio social o establecimiento permanente en el territorio
nacional.
La convocatoria se dirige a compañías y formaciones profesionales, de carácter
privado, constituidas en alguna de las figuras empresariales previstas por la ley.
No podrán presentarse a la actual convocatoria los espectáculos considerados
«talleres». A los efectos de las presentes bases, tendrán la consideración de talleres
aquellos espectáculos basados en un conjunto de prácticas socioeducativas con personas,
grupos o comunidades que, a través de metodologías dramáticas o teatrales, generan
procesos de creación cultural y persiguen el empoderamiento de los participantes. Este
tipo de talleres deberán estar asociados a la realización de un espectáculo para poder
ser valorados como complemento al mismo.
Se presentarán un máximo de tres espectáculos por compañía o formación.
El espectáculo propuesto deberá haber sido estrenado con anterioridad al 1 de marzo
de 2024.

Cuarto. Trámite de subsanación.
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañará de
la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 5 días
hábiles subsane y/o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así
no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298146

Tercero. Solicitud.
1. Lugar y plazo de presentación.
La solicitud deberá cumplimentarse conforme al modelo que figura en la web del
programa www.redandaluzadeteatrospublicos.es
La solicitud generada (Anexo I), firmada por el representante legal de la compañía
o formación y dirigida a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales, se presentará preferentemente a través del servicio
«Presentación Electrónica General» de la Junta de Andalucía, disponible en la pestaña
«Servicios y Trámites» en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es//servicios.html
Podrá también presentarse por cualquiera de las vías establecidas en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en cuyo caso, se deberá enviar comprobante de dicho envío al
correo electrónico informacion.redandaluzadeteatros.aaiicc@juntadeandalucia.es dentro
del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
2. Se presentará una sola solicitud por espectáculo.
Si se trata de un espectáculo con diferentes formatos habrá de presentarse una
solicitud por cada formato distinto. En este supuesto podrá existir diferencia de caché
dependiendo del número de componentes, en cuyo caso se especificará en el título.
3. El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar a partir
del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
4. Contenido de la solicitud.
Además del formulario de solicitud debidamente cumplimentado las solicitudes se
acompañarán de:
- Dossier del espectáculo. En la modalidad de música se especificará el programa
que se interpretará.
- Dossier de las necesidades técnicas que detalle infraestructura, material de
iluminación y sonido y personal necesario para el buen desarrollo del espectáculo.
- Enlace a video completo del espectáculo al que se hace referencia en el formulario
de solicitud y enlace a un vídeo promocional de un mínimo de 10 segundos.
- En caso de la presentación de un taller asociado al espectáculo se deberá
acompañar de un dossier en el que figure la justificación del mismo y su desarrollo.