Autoridades y personal. . (2024/45-19)
Resolución de 22 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo en la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Málaga.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Martes, 5 de marzo de 2024

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Quinta. Fases del concurso y puntuación.
1. El concurso constará de dos fases:
a) Primera fase: Comprobación y valoración de méritos generales: Antigüedad.
b) Segunda fase: Valoración de méritos específicos.
En este apartado se tendrán en cuenta los méritos específicos, adecuados a las
características y contenido del puesto de trabajo descrito en el Anexo I, valorándose por
un lado, la posesión de titulaciones académicas oficiales directamente relacionadas con el
puesto al que se concursa, distintas a las exigidas para el ingreso en su correspondiente
Cuerpo o Escala, relacionadas con el puesto de trabajo; y por otro lado, las aptitudes
concretas a través de conocimientos, experiencia y aquellos otros elementos que
garanticen la adecuación del aspirante para el desempeño del puesto.
Sexta. Solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso irán dirigidas a la Secretaría
General de Servicios Judiciales y se ajustarán a los modelos publicados como Anexo II.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a partir del
día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado. Si no se lograra la simultaneidad de
publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3. Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del siguiente enlace
electrónico:
https://juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/
servicios/procedimientos/detalle/10596.html
4. Las personas participantes podrán solicitar el puesto singularizado descrito en el
Anexo I, siempre que reúnan los requisitos exigidos para ese puesto de trabajo.
5. Los participantes no podrán anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación.
6. La solicitud formulada será vinculante para la persona peticionaria una vez
transcurrido el período de presentación de instancias.
Séptima. Comisión de Valoración.
Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta por los
siguientes miembros:
Presidente:
Titular: Jesús Solís Ruiz
Suplente: Rafael Navarro Sánchez.
Vocales:
Titulares:
(Secretaria). Doña María Lería Peñafuerte.
Doña Ana María Cabanillas Barroso.
Doña M.ª Carmen Castro Medina.
Don Diego Díaz Benítez.
Don Aníbal Fernando Jiménez de Piñar.
Don Manuel Domínguez Bernal.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00297735

Suplentes:
(Secretaria). Doña M.ª del Rosario Salas Vidal.
Doña María Ramos Pila.
Doña Rosa María Álvarez Delgado.
Doña María Paz de la Cruz Cruz.
Don José Luis Fernández Alaya.
Doña Guadalupe Nogales Flores.
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