3. Otras disposiciones. . (2024/44-28)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Innovación e Investigación en Granada, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes a efectos de escolarización de los centros docentes que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Lunes, 4 de marzo de 2024

página 1596/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Innovación e Investigación
en Granada, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia
y limítrofes a efectos de escolarización de los centros docentes que imparten
enseñanzas sostenidas con fondos públicos.
El artículo 9.2 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el que se regulan los criterios
y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y
privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil,
educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato
(BOJA núm. 34, de 19 de febrero), establece que: «Anualmente, antes del inicio del plazo
de presentación de las solicitudes de admisión, oídos el correspondiente Consejo Escolar
Provincial y los Consejos Escolares Municipales, las personas titulares de los órganos
territoriales provinciales de la Administración de la Junta de Andalucía competentes en
materia de educación, de acuerdo con la capacidad autorizada a cada uno de los centros
y la población escolar de su entorno, delimitarán las áreas de influencia de los centros
docentes públicos y privados concertados, mediante resolución que se publicará en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Por todo ello, esta Delegación Territorial, oído el Consejo Escolar Provincial y, en su
caso, los Consejos Escolares Municipales,
HA RESUELTO
Primero. Aprobar la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes de los centros
docentes públicos y privados concertados que impartan enseñanzas de segundo ciclo
de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria
obligatoria y bachillerato que estén sostenidas con fondos públicos.
Segundo. Publicar la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes en el tablón de
anuncios de esta Delegación Territorial (en su sede de C/ Gran Vía de Colón, 56) desde
el día uno de marzo de cada año y hasta la finalización del plazo de presentación de
recursos de alzada y reclamaciones al que se refiere el artículo 48 del Decreto 21/2020,
de 17 de febrero, para general conocimiento.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso
contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente,
conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso
de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación
o publicación, ante esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. Las áreas de influencia y limítrofes a las que se refiere esta resolución
estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a
partir de la publicación de esta resolución en tanto no se proceda a su modificación en la
forma prevista en el artículo 9 del Decreto 21/2020, citado con anterioridad.