Autoridades y personal. . (2024/42-22)
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la ampliación de la Bolsa de Trabajo de la escala de Gestión Universitaria, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.
10 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Jueves, 29 de febrero de 2024

página 1506/6

a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos
exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá
proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.6. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

8. Bolsa de Trabajo.
8.1. De acuerdo con lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 27 del
Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Cádiz, la bolsa de trabajo objeto del presente proceso
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297611

7. Resultados.
7.1. Tras la realización del ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del
área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la relación
provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en
el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo
definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá
automáticamente en definitivo.
7.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes
que hayan superado aquélla, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del
ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo
definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá
automáticamente en definitivo.
7.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo.
La determinación del orden de prelación de las personas aspirantes que conformarán la
bolsa de trabajo se realizará sumando la puntuación obtenida en la fase se oposición y la
puntuación obtenida en la fase de concurso.
7.4. En caso de empate el orden se establecerá, en primer lugar, atendiendo a la
mayor calificación obtenida en la fase de oposición y, en segundo lugar, atendiendo al
mayor número de titulaciones universitarias oficiales específicas que se posea de las
indicadas en la fase de concurso. Si persistiera empate, éste se resolverá mediante la
celebración, por parte del Tribunal, de un sorteo público.
7.5. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.