Autoridades y personal. . (2024/42-22)
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la ampliación de la Bolsa de Trabajo de la escala de Gestión Universitaria, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Jueves, 29 de febrero de 2024

página 1506/2

Informática, de la Universidad de Cádiz, siéndoles de aplicación la normativa de
funcionamiento de las mismas prevista en el capítulo IX del Reglamento de Selección,
Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la
Universidad de Cádiz.

3. Solicitudes.
3.1. De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula
la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Universidad
de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos selectivos, la
presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera electrónica.
Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la
presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico
establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la
propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz:
https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=441
La presentación electrónica de la solicitud requiere el uso del certificado digital. Una
vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su caso, los documentos
requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser firmada
electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón «Presentar», obteniéndose
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297611

2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación a cónyuges de personas con
nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separadas de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge,
siempre que no estén separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de
dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito
de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.4. No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber
sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de
presentación de solicitudes del título de Grado, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica,
Diplomatura universitaria o titulación equivalente.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que
acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes
hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.