Disposiciones generales. . (2024/42-1)
Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Jueves, 29 de febrero de 2024

página 41264/60

ANEXO VI
Intensidades máximas y costes subvencionables para las ayudas acogidas al Reglamento
(UE) núm. 651/2014, de 17 de junio de 2014, de la Comisión
Categorías de ayuda del Reglamento (UE) núm.
651/2014 por el que se declaran determinadas
categorías de ayuda compatibles (RGEC)
Desglose de
categorías de
ayuda

Ayudas
regionales a la
inversión
(artículo 14
RGEC)

Subcategorías de ayuda incluidas

Inversión en activos materiales e
inmateriales relacionada con la
creación
de
un
nuevo
establecimiento.
Inversión en activos materiales e
inmateriales relacionada con la
ampliación de la capacidad de
un establecimiento existente.
Inversión en activos materiales e
inmateriales relacionada con la
diversificación de la producción
de un establecimiento en
productos o servicios que
anteriormente no se producían o
prestaban en él.
Inversión en activos materiales e
inmateriales relacionada con
una transformación
fundamental del proceso global
de producción del producto o
productos o de la prestación
global del servicio o servicios
afectados por la inversión en el
establecimiento.
Adquisición de activos
pertenecientes a un
establecimiento que ha cerrado
o que habría cerrado si no
hubiera sido adquirido; la mera
adquisición de las acciones de
una empresa no se considera
inversión inicial.

Intensidades máximas de
ayuda respecto de los costes
subvencionables

Costes

Subvencionables de aplicación
Pequeñas
Empresas
Medianas empresas,
no
empresas micropymes y
PYME
autónomos
50 %

60 %

70 %

Serán subvencionables uno o
varios de los costes siguientes:
a) Los costes de inversión en
activos materiales e
inmateriales, o
b) Los costes salariales
estimados del empleo creado
como consecuencia de una
inversión inicial, calculados para
dos años, o
c) Una combinación de parte de
los costes a que se refieren las
letras a) y b), pero que no exceda
del importe de las letras a) o b),
tomándose como referencia el
importe más elevado.
Los activos inmateriales serán
admisibles para el cálculo de los
costes de inversión si cumplen
las siguientes condiciones:
a) utilizarse exclusivamente en el
establecimiento beneficiario de
la ayuda.
b) ser amortizables.
c) adquirirse en condiciones de
mercado a terceros no
relacionados con el comprador,
e
d) formar parte de los activos de
la empresa beneficiaria y
permanecer vinculados con el
proyecto para el que se concede
la ayuda durante al menos 5
años (3 años en el caso de las
pymes).

00297765

En el caso de las grandes
empresas, los costes de los
activos inmateriales únicamente
serán subvencionables hasta un
50 % del total de los costes de
inversión subvencionables del

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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