3. Otras disposiciones. . (2024/41-52)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General de Gestión Económica y Servicios y se delega para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco con una única empresa, por el que se fijan las condiciones para el suministro de vacuna antigripal.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Martes, 27 de febrero de 2024

página 41148/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General
de Gestión Económica y Servicios y se delega para la adjudicación de los
contratos basados en el acuerdo marco con una única empresa, por el que se
fijan las condiciones para el suministro de vacuna antigripal.
La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz
de Salud propone la celebración de un acuerdo marco con una única empresa, por lote,
por el que se fijan las condiciones para el suministro de tracto sucesivo y precio unitario
de vacuna antigripal destinada al Programa de Vacunaciones de Andalucía, Campaña
2024-2025.
Al tratarse de productos de uso común para todos los centros y con especificaciones
técnicas comunes a todos ellos, se considera idóneo, a efectos de racionalizar la
contratación de estos bienes por parte del Servicio Andaluz de Salud, la conclusión de un
acuerdo marco puesto que permite armonizar en todos los centros las condiciones de su
adquisición.
De este acuerdo marco derivarán contratos basados en él, que se celebrarán con la
empresa adjudicataria y los órganos provinciales con competencia delegada en materia
de contratación, para la realización de las adquisiciones de vacuna antigripal destinada al
Programa de Vacunaciones de Andalucía, Campaña 2024-2025.
La competencia en los Servicios Centrales, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo marco
con un único empresario, es, de conformidad con la Resolución de 20 de enero de
2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan
competencias en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y
Servicios. No obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa aconsejan
que la ejecución material del suministro se realice, mediante la adjudicación de los
contratos basados en el acuerdo marco, que llevarán a cabo las personas titulares de
las Direcciones Gerencias de los distintos Hospitales de referencia de cada una de las
provincias andaluzas, previa avocación y delegación de la competencia respectivamente.
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 156/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, y
de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO

Segundo. Delegar las competencias para la adjudicación de los contratos basados
en el citado acuerdo marco en las personas titulares de las Direcciones Gerencias de
los siguientes Centros Hospitalarios: H. Torrecárdenas de Almería, H. Puerta del Mar
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297601

Primero. Avocar las competencias del Director General de Gestión Económica y
Servicios para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco con una
única empresa, por lote, por el que se fijan las condiciones para el suministro de tracto
sucesivo y precio unitario de vacuna antigripal destinada al Programa de Vacunaciones
de Andalucía, Campaña 2024-2025.