Disposiciones generales. . (2024/41-2)
Corrección de errores de la Orden de 24 de marzo de 2023, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación y gestión de la solicitud única y sobre los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad a partir del año 2023, así como disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas de desarrollo rural objeto de inclusión en la solicitud única (BOJA número 61, de 30 de marzo de 2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Martes, 27 de febrero de 2024

página 41158/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Corrección de errores de la Orden de 24 de marzo de 2023, por la que
se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la
presentación y gestión de la solicitud única y sobre los derechos de ayuda básica
a la renta para la sostenibilidad a partir del año 2023, así como disposiciones
de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos a la agricultura
y a la ganadería, y a las ayudas de desarrollo rural objeto de inclusión en la
solicitud única (BOJA número 61, de 30 de marzo de 2023).
Advertido error en la Orden de 24 de marzo de 2023, por la que se establecen en la
Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación y gestión de la solicitud
única y sobre los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad a partir del
año 2023, así como disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos
directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas de desarrollo rural objeto de
inclusión en la solicitud única, que ha sido publicada en el BOJA número 61, de 30 de
marzo de 2023, y de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento,
de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos
existentes en sus actos, se procede a su subsanación mediante la presente corrección:
- En la página página 5898/27, en la disposición transitoria primera, apartado 2.b),
donde dice:
«b) Asimismo, como consecuencia de la grave sequía, en esa misma práctica (rotación
de cultivos con especies mejorantes), se aumenta, en todo el territorio de Andalucía, al
40%, la superficie máxima que puede representar el barbecho sobre la superficie de
tierra de cultivo de la explotación.»

00297617

Debe decir:
«b) Asimismo, como consecuencia de la grave sequía, en esa misma práctica (rotación
de cultivos con especies mejorantes), se aumenta, en todo el territorio de Andalucía,
al 40%, la superficie máxima que puede representar el barbecho sobre la superficie
de tierra de cultivo declarada para el cumplimiento de la práctica del ecorrégimen
correspondiente.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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