3. Otras disposiciones. . (2024/40-52)
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas y de la Secretaría General de Energía, por la que se modifica su Resolución de 9 de enero de 2024, por la que se convocan pruebas de aptitud para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores en sus distintas modalidades, para el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Lunes, 26 de febrero de 2024

página 41128/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Industria
y Minas y de la Secretaría General de Energía, por la que se modifica su
Resolución de 9 de enero de 2024, por la que se convocan pruebas de aptitud
para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores en sus
distintas modalidades, para el año 2024.
Mediante Resolución de 9 de enero de 2024, de la Secretaría General de Industria y
Minas y de la Secretaría General de Energía, se convocaron las pruebas de aptitud
para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores en sus distintas
modalidades, para el año 2024, conforme a lo dispuesto en la Orden de 12 de noviembre
de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se regulan las
convocatorias y las bases a las que deberán ajustarse los exámenes para la obtención de
los carnés profesionales en materia de industria, energía y minas.
El Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación
y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con
la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en
Andalucía, modifica en su artículo 258 el apartado 2, del artículo 2 de la referida Orden
de 12 de noviembre de 2008, quedando redactado como sigue:
«2. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de realización del
examen y se acreditarán conforme a lo dispuesto en la Orden de 11 noviembre de 2008,
de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se aprueba la tramitación
telemática de procedimientos administrativos de examen. Todo ello sin perjuicio de
la obligación de los aspirantes de aportar, a requerimiento del órgano competente, la
documentación acreditativa de los mismos.
En caso de que se compruebe que una persona aprobada no cumplía los requisitos
de admisión en las pruebas referidos, no se le expedirá la habilitación o certificado de
superación de las pruebas, según corresponda.»
Procede por tanto la modificación de la base segunda de la convocatoria de las
pruebas de aptitud para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores
en sus distintas modalidades, para el año 2024, para adaptarla a la referida modificación
de la Orden de 12 de noviembre de 2008, quedando obligado el cumplimiento de los
requisitos a la fecha de realización del examen y no a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes como hasta ahora.
En virtud de lo anterior, y de las competencias atribuidas en materia de seguridad
industrial y minera por el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la
estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, y por la Orden de
12 de noviembre de 2008, por la que se regulan las convocatorias y bases a las que
deberán ajustarse los exámenes para la obtención de los carnés profesionales en materia
de industria, energía y minas, estas Secretarías Generales de Industria y Minas, y de
Energía,

Único. Modificar el apartado 2 de la base segunda de la Resolución de 9 de enero
de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas y de la Secretaría General de
Energía, por la que se convocan pruebas de aptitud para la habilitación profesional y la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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