3. Otras disposiciones. . (2024/39-40)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería, de autorización administrativa previa y de construcción de la infraestructura de evacuación de instalaciones de generación eléctrica que se cita. (PP. 3589/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 23 de febrero de 2024

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de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente
antes de la terminación del mismo.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las
variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, teniendo en cuenta lo establecido en
el art. 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
3. La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las
obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la
correspondiente autorización de explotación.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los
reglamentos vigentes que le son de aplicación, en particular la Orden de 26 de marzo
de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones
fotovoltaicas andaluzas, durante la ejecución del proyecto y en su explotación, así como
los requisitos técnicos definidos por el operador del sistema en cuanto a regulación de
tensión, comportamiento ante perturbaciones en la red eléctrica y huecos de tensión.
5. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento
en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la pérdida
de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales supuestos la
Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización,
con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.
6. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han
sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de
la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el Informe Vinculante
(expte. AAUA/AL/0002/23) de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul en Almería, para la la ejecución de la actuación «Modificación de la línea
de evacuación 132 kV de la planta fotovoltaica La Pared 3 y 4, subestación y cambios en
módulos fotovoltaicos», en el término municipal de Tabernas (Almería), en la provincia
de Almería promovido por GR Solar 2020, S.L.U., de fecha 13/12/2023, cuyo contenido
íntegro se puede consultar en la siguiente dirección web:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do
7. La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación será condición
suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las condiciones
y requisitos establecidos en la misma.
8. Esta autorización administrativa previa y de construcción queda condicionada a
la obtención de la autorización administrativa previa y de construcción de las siguientes
infraestructuras de evacuación necesarias para la conexión de la planta solar fotovoltaica
a la red de transporte en la subestación Tabernas 400 kV:
1. Subestación Colectora 132 kV/400 kV SET Tabernas Renovables y línea evacuación
400KV hasta SET Tabernas 400 kV. Expediente LAT 6863.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
Recurso de Alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su
publicación, sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, ante el
Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas, de conformidad con lo establecido

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294942

Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de
otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos
condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de
terceros.