Disposiciones generales. . (2024/39-4)
Extracto de la Resolución de 26 de enero de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan ayudas para estudiantes que participen en el programa de Movilidad SICUE.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 23 de febrero de 2024

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1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 26 de enero de 2024, de la Universidad de Huelva,
por la que se convocan ayudas para estudiantes que participen en el programa
de Movilidad SICUE.
BDNS: 743060.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Convocatoria.
Convocatoria de ayudas para estudiantes que participen en el Programa de Movilidad
SICUE en el curso 2024/25.
Segundo. Bases reguladoras.
Bases reguladoras aprobadas por Resolución Rectoral de la Universidad de Huelva,
29 de noviembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de becas y ayudas al alumnado de Grado y Máster de la Universidad de
Huelva, BOJA número 243, de 21 de diciembre de 2022.

Cuarto. Personas beneficiarias.
Podrán solicitar estas becas los estudiantes matriculados en la Universidad de Huelva
que cumplan los siguientes requisitos:
Solicitar y finalmente obtener plaza en la convocatoria SICUE para el correspondiente
curso académico.
Rendimiento académico y matrícula:
Tener superados en la Universidad de Huelva un mínimo de 45 créditos, y formalizar
matrícula de, al menos, 45 créditos para el curso en el que se lleva a cabo la movilidad.
Realizar una estancia de «curso completo» según lo regulado en la convocatoria de
movilidad SICUE.
La renta familiar deberá estar situada dentro del umbral 3 establecido en la
convocatoria del MEyFP para el curso 2023-24. Los cálculos para la obtención de la
renta, se realizarán atendiendo a lo establecido en dicha convocatoria.
Familias de un miembro: 14.112 euros. Familias de dos miembros: 24.089 euros.
Familias de tres miembros: 32.697 euros. Familias de cuatro miembros: 38.831 euros.
Familias de cinco miembros: 43.402 euros. Familias de seis miembros: 46.853 euros.
Familias de siete miembros: 50.267 euros. Familias de ocho miembros: 53.665 euros.
Créditos a cursar: No serán tenidos en cuenta para la valoración de los requisitos
establecidos, los créditos matriculados que no sean necesarios que curse la persona
solicitante para completar su plan de estudios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297514

Tercero. Financiación.
Se destina un crédito presupuestario de 105.000 €.
Las partidas presupuestarias del Servicio de Gestión Académica destinadas al abono
de esta ayuda serán:
2024: 800004 321A 481.99: 52.500 euros.
2024: 800004 321A 481.99: 52.500 euros.