Disposiciones generales. . (2024/39-2)
Extracto de la Orden de 7 de febrero de 2024, por la que se realiza la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la concesión en concurrencia competitiva de los Premios Andalucía de Arquitectura 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 39 - Viernes, 23 de febrero de 2024

página 41058/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Extracto de la Orden de 7 de febrero de 2024, por la que se realiza la convocatoria,
mediante tramitación anticipada, para la concesión en concurrencia competitiva
de los Premios Andalucía de Arquitectura 2024.
BDNS (identif.): 743263.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura.
El importe total de los créditos destinados a la convocatoria para 2024 ascenderá a
un total de 30.000 euros, que corresponden a la partida presupuestaria que se refleja a
continuación.
ANUALIDAD

PARTIDA PRESUPUESTARIA

CUANTÍA (euros)

2024

1700030000 G/43A/48001/00 01

30.000

TOTAL

30.000

Segundo. Beneficiarios.
1. Podrán optar a los premios todas las personas físicas y personas jurídicas
públicas o privadas, pudiendo ser, en ambos casos, individualmente o en equipos de
trabajo, propietarias de los trabajos, o bien debidamente autorizadas, que contribuyan
a la consecución de los objetivos previstos en el artículo 1 de la Orden de 21 de mayo
de 2021.
2. Asimismo, también podrán concurrir equipos de trabajo que agrupen a personas
físicas conformados para la realización de los mismos.
Tercero. Objeto.
El objeto de los Premios Andalucía de Arquitectura que se convocan es significar y
hacer pública y compartida la excelencia de las mejores obras, trabajos y acciones en el
ámbito de la arquitectura, así como destacar el conjunto de la labor continuada que los
profesionales, asociaciones o instituciones han puesto al servicio de la misma, siempre
y cuando su adscripción al campo de la arquitectura sea inequívoca y su relación con
Andalucía incuestionable, aunque no será exigencia la residencia del autor o la presencia
de la mayor parte de la obra en el territorio de la Comunidad.

Quinto. Importe.
La dotación económica de los premios asciende para la presente convocatoria
a 30.000 euros a distribuir entre las cinco modalidades a razón de 10.000 euros para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297475

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
los Premios Andalucía de Arquitectura, aprobadas mediante Orden de 21 de mayo de
2021 (BOJA núm. 100, de 27 de mayo de 2021).