3. Otras disposiciones. . (2024/38-37)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Deportes de Personas con Parálisis Cerebral.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Jueves, 22 de febrero de 2024

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competiciones deportivas oficiales de carácter estatal e internacional, celebradas dentro
y fuera del territorio español.
2. Asimismo, la Federación Andaluza de Deportes de Personas con Parálisis Cerebral
representa en el territorio andaluz a la Federación Española en la que se integra.
3. Respecto a las competiciones deportivas oficiales de carácter estatal o internacional
que se pretendan celebrar dentro del territorio andaluz, la Federación Andaluza de Deportes
de Personas con Parálisis Cerebral, o las entidades organizadoras actuando a través de
la Federación, deberán comunicar dicha circunstancia, con una antelación mínima de dos
meses al momento de su solicitud, al órgano central competente en materia de entidades
deportivas. Si no se comunicara la presentación de la solicitud en el mencionado plazo, la
persona que ocupe la Presidencia de la Federación Andaluza de Deportes de Personas con
Parálisis Cerebral será responsable de dicho incumplimiento de acuerdo con lo dispuesto
en el apartado h) del artículo 118 de la Ley 5/2016, de 19 de julio.
Artículo 4. Domicilio social.
La Federación Andaluza de Deportes de Personas con Parálisis Cerebral está inscrita en
el Registro Andaluz de Entidades Deportivas. Tiene su domicilio social en la ciudad de Sevilla,
Avda. Doctor Laffón Soto, s/n, 41007. El cambio de domicilio social necesitará del acuerdo de
la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea General, salvo que se efectúe dentro
del mismo término municipal, en cuyo caso podrá efectuarse por mayoría simple. El cambio
de domicilio deberá comunicarse al Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
Artículo 5. Régimen Jurídico.
La Federación Andaluza de Deportes de Personas con Parálisis Cerebral se rige por
la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte en Andalucía, por el Decreto 41/2022, de 8
de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía, por el Decreto
205/2018, de 13 de noviembre, por el que se regula la solución de los litigios deportivos
en la comunidad Autónoma de Andalucía y demás normativa deportiva autonómica de
aplicación, así como por los presentes estatutos y los reglamentos federativos.

Artículo 7. Funciones públicas delegadas.
1. Además de sus funciones propias, la Federación Andaluza de Deportes de Personas
con Parálisis Cerebral ejerce por delegación, bajo los criterios y tutela de la Consejería
competente en materia de deporte, las siguientes funciones de carácter administrativo:
a) Calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones oficiales federadas
de ámbito autonómico.
b) Expedir licencias deportivas para participar en competiciones oficiales federadas.
c) Coordinar y controlar la correcta aplicación que sus asociados den a las
subvenciones y ayudas de carácter público concedidas a través de la Federación de
conformidad con la normativa aplicable en materia de subvenciones y ayudas públicas.
d) Colaborar con la Administración autonómica en las formaciones deportivas
conducente a titulación y en la formación de técnicos deportivos de las enseñanzas
deportivas de régimen especial.
e) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos por la Lay del
Deporte de Andalucía y en sus disposiciones de desarrollo, en los presentes estatutos y
reglamentos federativos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 6. Funciones propias.
Son funciones propias de la Federación las de gobierno, administración, gestión,
organización, desarrollo y promoción del deporte de personas con parálisis cerebral siendo
en la actualidad las siguientes: Atletismo, Boccia, Equitación, Deportes de Invierno, Futbol PC,
Halterofilia, Hockey en Silla de Ruedas Eléctrica, Natación, Slalom en Silla de Ruedas, Tenis de
Mesa, Tiro con Arco y Vela, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.