Autoridades y personal. . (2024/38-21)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 5 de febrero de 2024, de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía, por el que se publica el extracto de la Normativa y Organización de la Prueba de Evaluación para el Acceso a la Universidad y para la realización de Pruebas de Bachillerato y Admisión para el curso 2023-2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Jueves, 22 de febrero de 2024

página 40908/3

• Orden PJC 39/2024, de 24 de enero, por la que se determinan las características, el
diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y
las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de
las calificaciones obtenidas, en el curso 2023-2024.
• Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Universidades, por
la que se hace público el Acuerdo de 5 de febrero de 2024, de la Comisión Coordinadora
Interuniversitaria de Andalucía por el que se establecen los plazos, el calendario y
el cálculo de notas de las pruebas de evaluación de Bachillerato para el acceso a la
Universidad y de las pruebas de admisión que se celebrarán en el curso 2023-2024.
• Orden de 22 de diciembre de 1999, sobre la organización de la Prueba de Acceso a
la Universidad (BOJA de 27.1.2000).

3. Prueba de Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad.
El alumnado deberá realizar la Prueba en la Universidad a la que esté adscrito
el centro de secundaria donde ha realizado los respectivos estudios, o si se trata de
siguientes convocatorias se puede optar por hacerla en la Universidad en la que se
examinó por primera vez o en la que esté adscrito el centro más cercano a su domicilio.
Los exámenes que realice el alumnado que quiera acceder a la Universidad lo
hará, según su procedencia, ya sea la parte correspondiente a la prueba de acceso, la
correspondiente a la prueba de admisión o ambas, de las siguientes materias:
Fase de acceso:
Obligatoriamente de cuatro materias. Para obtener los requisitos para acceder a la
Universidad desde el bachillerato LOMLOE y para quienes habiendo superado esta fase
o, la fase general en cursos anteriores, quieran mejorar la nota de dicha fase:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297245

2. Comisión Coordinadora Interuniversitaria: Constitución y Competencias.
La Orden PJC 39/2024, de 24 de enero, por la que se determinan las características,
el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad,
y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión
de las calificaciones obtenidas, en el curso 2023-2024, recoge en su artículo 11 sobre la
organización de las pruebas que las administraciones educativas en colaboración con las
Universidades, organizarán la realización material de la prueba. Asimismo, inicialmente,
atribuye a las Universidades las mismas funciones y responsabilidades que tenían en
relación con la anterior Prueba de Acceso a la Universidad, salvo que la administración
educativa correspondiente delimite dichas atribuciones. Como quiera que en Andalucía
esa delimitación no se ha producido, será la Comisión Coordinadora Interuniversitaria
la que actúe a tenor de lo establecido en la Orden de 22 de diciembre de 1999 sobre la
organización de la Prueba de Acceso a la Universidad.
Por otro lado, el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la
normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias
oficiales de Grado establece en el artículo 10 la posibilidad de que para determinados
colectivos se establezcan evaluaciones específicas de conocimientos y/o de
competencias. Por ello, las Universidades públicas de Andalucía han acordado que sea
también la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía la encargada de la
organización de las pruebas de aquellas materias que se realicen exclusivamente con la
finalidad de ser tenida en cuenta en los procedimientos de admisión.
En cada Universidad se creará una Comisión Universitaria presidida por el Rector
o Rectora, o persona en quien delegue, a la que necesariamente se incorporarán,
salvo caso de incompatibilidad, al menos, las personas pertenecientes a la Comisión
Coordinadora Interuniversitaria tanto del ámbito universitario como de la administración
educativa nombradas en relación con la Universidad de que se trate.
Por cada una de las materias de Bachillerato que son objeto de examen en las
pruebas se creará una Ponencia.