Autoridades y personal. . (2024/38-21)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 5 de febrero de 2024, de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía, por el que se publica el extracto de la Normativa y Organización de la Prueba de Evaluación para el Acceso a la Universidad y para la realización de Pruebas de Bachillerato y Admisión para el curso 2023-2024.
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Número 38 - Jueves, 22 de febrero de 2024

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fase de acceso, para mejorar su nota de admisión en otro distrito universitario, realizarán
el examen de esta materia en el horario fijado para los exámenes de incompatibilidad
horaria durante la semana de celebración de las pruebas, de lo que se dará comunicación
a la persona interesada en el primer día de las pruebas o con anterioridad. La calificación
obtenida en cualquiera de estas materias no surtirá efectos sobre la admisión en las
Universidades Públicas Andaluzas.
• Las franjas horarias de citación son en defecto de que la Universidad no fije otras
que, debido a las sedes de que se traten, considere más oportunas.
• Los horarios están referidos al horario peninsular español.
En los supuestos no previstos expresamente en los puntos anteriores, en el caso de
alumnado matriculado de asignaturas en las que haya incompatibilidad horaria, este se
examinará de la materia que aparece en primer lugar en el cuadro correspondiente (que
es el horario normal previsto), mientras que de la/s otra/s se examinará en el horario que
la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía determine, de lo que se dará
comunicación a la persona interesada en el primer día de las pruebas o con anterioridad.
Caso de no presentarse a la materia que aparece en primer lugar, se deberá presentar en
el horario normal a la segunda materia que causaba la incompatibilidad, debido a que al
no presentarse a la primera materia la incompatibilidad desaparece.
Como regla general, las incidencias generales, que no incompatibilidades horarias,
que se presenten se intentarán resolver en el mismo horario. De no ser posible lo
anterior, se hará en la jornada de tarde reservada a las incompatibilidades horarias o
en la mañana siguiente a la finalización de las pruebas. Por ello, el alumnado deberá
prever la posibilidad de que sea citado cualquier día por la tarde o al día siguiente de los
inicialmente previstos para la prueba.
7.3. Llamamiento, anonimato y distribución del alumnado por sedes.
El llamamiento y distribución del alumnado se realizará por orden alfabético de los
apellidos, mezclándose con otros de los centros concurrentes a una misma sede.
Todos los alumnos y alumnas deberán mantener los pabellones auditivos despejados
para la verificación de que no se usan dispositivos auditivos no permitidos.
El alumnado deberá entregar los exámenes sin ningún tipo de identificación, salvo en
la cabecera, para así conservar el anonimato, una vez separada esta. En cualquier caso,
deberá utilizarse tinta negra o azul, salvo que en las instrucciones del examen conste
que se permiten otros formatos de escritura o colores, y no se firmarán las hojas de
respuestas.
La transgresión de esta norma mediante firma o cualquier otro signo que rompa el
anonimato podrá ser motivo de anulación del examen.
Lo anterior será advertido al comienzo de las pruebas.
7.4. Sanción por copiar durante la prueba o usar calculadoras no permitidas.
7.4.1. Se actuará de la siguiente manera en el caso de que se detecte que un alumno
o alumna está copiando:
La persona de que se trate deberá abandonar inmediatamente el examen de la
correspondiente materia en el momento en que se detecte el hecho, siendo identificado
por la persona responsable de la Sede, quien dará traslado de los mismos a la presidencia
del Tribunal. El alumno o alumna no podrá presentarse a ningún otro examen de la misma
convocatoria y los exámenes ya realizados serán calificados con cero puntos, con la
excepción contemplada en el punto 7.4.3 que solo afecta al examen del que se trate. En
ningún caso, ello supondrá devolución de los precios y/o tasas de matrícula.
7.4.2. A los efectos del punto anterior:
Se considerará, además, que una persona está copiando si se detecta la tenencia
de calculadoras, audífonos, teléfonos móviles u otros dispositivos electrónicos que sean
programables, con capacidad para el almacenamiento de voz y/o de datos o trasmisión
de estos. Tampoco se permite el uso de relojes que aporten algunas prestaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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