Autoridades y personal. . (2024/37-21)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias, especialidades Farmacia y Veterinaria, en Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 37 - Miércoles, 21 de febrero de 2024

página 1429/2

ANEXO I
BASES REGULADORAS
1. Norma general.
El concurso se regirá por las presentes bases, y, en lo no recogido en éstas, por las
disposiciones normativas que le sean de aplicación.

3. Solicitudes y documentación.
3.1. Solicitud. La presentación de las solicitudes de participación se realizará, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de «la
Ventanilla Electrónica de Profesionales» alojada en la web corporativa del Servicio Andaluz
de Salud «https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/» en la dirección
electrónica

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297334

2. Requisitos que han de reunir los concursantes.
2.1. Podrán participar en el presente concurso los funcionarios de carrera del Cuerpo
Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía que, ostentando
nombramiento de funcionario de carrera en la especialidad a la que concursa, a la fecha
de terminación del plazo de presentación de solicitudes se encuentre en alguna de las
siguientes situaciones:
a) En activo, desempeñando puesto de trabajo de la especialidad a la que concursa,
o en situación distinta a la de activo con reserva de puesto de trabajo en la especialidad
a la que concursa. En ambos casos se exigirá la permanencia en el puesto de trabajo
desde el que se concursa durante, al menos, dos años.
b) En situación distinta a la de activo sin reserva de puesto de trabajo en la
especialidad a la que concursa. El personal que se encuentre en dicha situación deberá
reunir los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo.
2.2. A lo establecido en el apartado anterior le serán de aplicación las siguientes
excepciones y condiciones:
a) Los funcionarios que no lleven dos años con destino definitivo, no podrán participar
en el presente concurso, salvo en el supuesto previsto en el art. 126.9 de la Ley 5/2023,
en caso de supresión del puesto de trabajo, y/o por cualquier otra causa de adscripción
provisional sin reserva de puesto de trabajo.
b) Funcionarios en situación de suspensión firme de funciones. El personal funcionario
de carrera declarado en esta situación no podrá participar en esta convocatoria mientras
dure la suspensión.
c) Funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular, o por agrupación
familiar. El personal funcionario de carrera que se encuentre en alguna de dichas
situaciones sólo podrá participar cuando lleve más de 1 año en dicha situación, y si han
transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido,
tomando como referencia el día de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
d) Funcionarios en situación de excedencia por cuidado de familiares. El personal
funcionario de carrera que se encuentre en esta situación solo podrá participar si a la
fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años
desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido.
e) Funcionarios con destino provisional que carecen de destino definitivo. El personal
funcionario de carrera que se encuentre en esta situación estará obligado a participar
en el presente concurso. Si no obtuviese destino definitivo podrá obtener nuevo destino
provisional condicionado a la existencia de vacantes.
2.3. Los requisitos exigidos deberán mantenerse a lo largo del proceso de concurso y
hasta el momento de la toma de posesión en el puesto de trabajo adjudicado.