3. Otras disposiciones. . (2024/35-40)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), en su condición de representante de una agrupación de participantes en el Proyecto I+D+I «Andalucía Biotec Salud», al objeto de canalizar la concesión de una Subvención Excepcional en el Marco del Plan Complementario de I+D+I de Biotecnología Aplicada a la Salud, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

página 40787/6

26 de junio de 2023, formada por las entidades beneficiarias de la subvención que figuran
en el Anexo II, de una subvención de carácter excepcional, previa solicitud efectuada por
la entidad con fecha 26 de julio de 2023, con arreglo a las siguientes
CL ÁUSUL AS

Segunda. Razones de interés público que concurren en su concesión e imposibilidad
de su convocatoria pública.
1. Estas subvenciones se conceden de forma directa, en aplicación de lo previsto en
el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y lo
dispuesto en el artículo 36 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de
la Junta de Andalucía, por concurrir razones de interés público, económico y materiales,
que dificultan e imposibilitan su convocatoria pública, en virtud de la necesidad de no
postergar la ejecución de los fondos procedentes del PRTR y agilizar la ejecución de
diferentes proyectos de investigación alineados en prioridades comunes en el marco
de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología y de Estrategia Española de Ciencia,
Tecnología/Innovación 2021-2027.
2. Las razones que, de acuerdo con la normativa aplicable, justifican la concesión
directa de la subvención de carácter excepcional articulada en el presente Convenio,
quedan acreditadas en el expediente tramitado, así como la inexistencia en la Consejería
de otras líneas de ayudas a las que pueda acogerse la subvención solicitada.
3. En concreto, las razones de interés público que justifican el otorgamiento directo de
las subvenciones radican en la necesidad de iniciar la ejecución de programas de ciencia
e investigación que han sido concedidos por el Ministerio de Ciencia e Innovación a la
Junta de Andalucía en 2022 y que requieren la participación del conjunto de agentes que
conforman el Sistema Andaluz del Conocimiento, para dar respuesta al desarrollo de la
propuesta presentada en su día y gracias a la cual se concedieron los fondos a la Junta
de Andalucía. Los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, dada su naturaleza y
los objetivos de su actividad, carecen, a priori, de capacidad financiera propia.
4. Las razones que acreditan el interés público, social y económico de la concesión
de estas subvenciones se basan en la necesidad de reforzar y mejorar la gobernanza
de la política de investigación e innovación. Con este objetivo, el componente 17
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297053

Primera. Objeto del convenio.
1. El objeto del presente convenio es instrumentar la concesión directa de una
subvención de carácter excepcional destinada a las entidades beneficiarias que figuran
en el Anexo II, representadas por el CSIC, como entidades que están en disposición de
implementar proyectos de investigación alineados con los Planes Complementarios de
I+D+I del área de Biotecnología aplicada a la salud. Este programa se desarrolla en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU–. Las actuaciones incluidas en este convenio se encuadran
en la medida C17.I1, componente 17, del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, denominado «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades
del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación» e inversión I1 «Planes
Complementarios con las Comunidades Autónomas» para una mejor gobernanza
mediante la creación de los Planes Complementarios de I+D+I con las Comunidades
Autónomas.
2. Esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquiera Administraciones
o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos
internacionales, siempre que la suma de todas, no supere el importe del proyecto.