3. Otras disposiciones. . (2024/35-40)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), en su condición de representante de una agrupación de participantes en el Proyecto I+D+I «Andalucía Biotec Salud», al objeto de canalizar la concesión de una Subvención Excepcional en el Marco del Plan Complementario de I+D+I de Biotecnología Aplicada a la Salud, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

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En el caso de la financiación de proyectos gestionados por entidades privadas, a través
de los dos citados instrumentos, la articulación de dicha financiación deberá ir vinculada
al cumplimiento de los objetivos previsto en el plan, así como a la estimación de costes
vinculada a los mismos. En caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento
total o parcial de los objetivos previstos, las citadas entidades deberán reintegrar los
fondos recibidos. El procedimiento de reintegro a estos efectos se regulará por Orden de
la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Decimoquinta. Comisión de Seguimiento: composición y funciones.
1. Para el seguimiento y coordinación de las actuaciones que se deriven del presente
convenio, se creará una Comisión de Seguimiento con la siguiente composición:
a) Por parte de la Consejería, que ostentará la presidencia de la Comisión, formará parte
de la misma la persona titular de la Secretaría General de Investigación e Innovación o del
Centro Directivo que asuma sus competencias en materia de planificación de la investigación
y otra persona de alguno de los dos centros directivos a quien designe el Secretario General.
En caso de ausencia, vacante o enfermedad, los miembros de la Comisión de Seguimiento
serán suplidos por quien designe el titular de la Secretaría General. La presidencia recaerá
en el miembro de mayor rango de la representación de la Consejería.
b) Por parte del CSIC, formarán parte de la Comisión la persona titular de la Dirección
del CSIC-IPBLN y el/la Investigador/a Principal correspondiente del proyecto de dicho
instituto. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, los miembros de la Comisión de
Seguimiento serán suplidos por quien designe el titular de la Dirección del CSIC-IPBLN a
través de la Vicepresidencia de Organización y Relaciones Institucionales.
c) La Secretaría de la Comisión será ejercida con voz pero sin voto por una persona
perteneciente a la Secretaría General de Investigación e Innovación, con rango mínimo
de jefatura de servicio.
d) Podrán asistir de forma puntual a la Comisión de Seguimiento, con voz pero sin
voto, las personas que las partes consideren necesarias al objeto de que la Comisión sea
asistida técnicamente, debiendo este hecho ser comunicado a las personas que forman
parte de la Comisión en la convocatoria de la misma.
2. A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes
funciones:
a) Velar por la correcta ejecución del convenio, así como su adecuación al objeto,
finalidad y objetivos del mismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297053

Decimocuarta. Devolución voluntaria, compensación y aplazamiento de pago.
Si alguna entidad beneficiaria de la subvención decidiera efectuar la devolución
voluntaria o solicitar la compensación o aplazamiento, conforme establece el artículo
124 quáter del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, deberá proceder de
la siguiente manera:
Para realizar la devolución, cada entidad beneficiaria deberá solicitar una carta de
pago al órgano o entidad concedente de la subvención para su posterior ingreso.
Para solicitar la compensación, cada entidad beneficiaria deberá dirigir una solicitud
al órgano o entidad concedente de la subvención, identificando el crédito reconocido a su
favor y la subvención pendiente de justificar.
Para solicitar el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda, cada
entidad beneficiaria dirigirá la solicitud al órgano o entidad concedente de la subvención,
identificando ésta debidamente.
La presentación de estas solicitudes será en el Registro Electrónico de la
Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica que se
establezca en la web de la Consejería para el módulo “Presentación electrónica general”.
A efectos de la verificación del gasto, será necesaria la aportación de la documentación
indicada, y de la contestación recibida por parte de la Administración.