Autoridades y personal. . (2024/35-23)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura del puesto de cargo intermedio de Jefe/a de Servicio de Gestión y Servicios para el Servicio Económico-Financiero en el Distrito Sanitario de Atención Primaria de Málaga.
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Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

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La solicitud de participación deberá formularse, a través de «la Ventanilla Electrónica
de Profesionales» alojada en la web corporativa del Servicio Andaluz de Salud
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/»
en la dirección electrónica
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales/»
cumplimentado el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de
solicitud de participación.
Para realizar dicha solicitud, la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma
mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados
expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).
3.2. Las personas aspirantes deberán aportar junto con la solicitud de participación,
la documentación acreditativa de los requisitos de participación que se relacionan a
continuación, a través de VEC, cumplimentado el formulario electrónico correspondiente
al sistema normalizado de aportación de requisitos.
3.2.1. Nacionalidad.
Se acreditará con el DNI, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero, en vigor.
En el caso de personas que posean la nacionalidad española bastará con que presten
su consentimiento expreso para la consulta y verificación de sus datos de identidad. Se
presumirá que la consulta u obtención es autorizada salvo oposición expresa. En caso de
no autorizarse la consulta, deberá aportarse copia del DNI en vigor.
En el caso de personas que no posean la nacionalidad española o la de un Estado
miembro de la Unión Europea, deberá acompañarse copia de la Tarjeta de Identidad de
Extranjero, o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y, en su caso,
el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea con el que tengan dicho vínculo. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o
de Estado al que se extienda por aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España el régimen previsto para los anteriores, presentarán
copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar asimismo copia de su
Documento Nacional de Identidad o pasaporte, documentos que deberán estar en vigor.
3.2.2. Titulación requerida para el acceso.
Las titulaciones académicas se acreditarán con el título expedido por el Ministerio
competente en materia de educación o de la correspondiente Universidad. Se
admitirá la justificación acreditativa de haberlo solicitado, acreditando el abono de los
correspondientes derechos para su obtención. En el supuesto de titulaciones obtenidas
fuera de España, deberá aportarse la credencial de reconocimiento, homologación
o validación según proceda, de la titulación expedida por el Ministerio competente en
materia de Educación español.
3.2.3. Estar previamente vinculada al Sistema Nacional de Salud.
Se acreditará mediante el nombramiento, en el que conste la diligencia de toma
de posesión, o diligencia de la última toma de posesión, que acredite su condición de
personal como personal estatutario fijo, personal funcionario de carrera o personal
funcionario docente de la Universidad con plaza vinculada; bien como personal laboral
fijo o indefinido, o personal profesor contratado doctor con vinculación clínica; o bien
como personal funcionario o personal estatutario interino, siempre que su nombramiento
temporal de interinidad se deba a la cobertura de plazas vacantes no cubiertas por
personal funcionario de carrera o personal estatutario fijo.
3.2.4. Declaración responsable de no haber sido separada del servicio, mediante
expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la
convocatoria, ni hallarse inhabilitada con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas,
y de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el
acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297219

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