Autoridades y personal. . (2024/35-5)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Pediatra de Atención Primaria, por el sistema de acceso libre, y se publica relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación de solicitudes de Petición de centro de destino y se inicia el plazo para solicitar destino.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

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independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos
los centros de destino ofertados especificando para ello los códigos de centros indicados
en el Anexo I de la Resolución de 20 de junio de 2023, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de
personas aspirantes que superan el concurso-oposición, correspondiente a las pruebas
selectivas por el sistema de acceso libre de Pediatra de Atención Primaria, se anuncia la
publicación de dichas listas, se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia
el plazo para solicitar destino. (BOJA núm. 119, de 23 de junio).
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas
en la presente resolución deberá ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.

Quinto. Nombrar personal estatutario fijo a la persona aspirante que ha superado
el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, en la categoría de Pediatra de
Atención Primaria, que se relaciona en el Anexo III de esta resolución con expresión
del centro de destino adjudicado, al haber sido aportada la documentación requerida en
el plazo otorgado al efecto en la citada Resolución de 21 de noviembre de 2023 (BOJA
núm. 226, de 24 de noviembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz
de Salud. De conformidad con lo establecido en la base 12.1 del anexo de las bases
generales, las plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino
solicitados por las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición y al
orden determinado por la puntuación obtenida en el mismo, y conforme a lo establecido en
la base 12.2 para quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de
lo establecido en la base 11.2 del anexo de las bases generales respecto a las personas
aspirantes que participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el
apartado tercero, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.