3. Otras disposiciones. . (2024/34-20)
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Jaén. (PP. 1595/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

página 6887/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Jaén. (PP.
1595/2023).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el
que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis del municipio de Jaén que a continuación
se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS, IVA INCLUIDO
CONCEPTOS E IMPORTES TARIFAS PARA 2023:
CONCEPTO
Por bajada de bandera
Por kilómetro recorrido
Por hora de espera
CARRERA MÍNIMA

TARIFA 1
1,59 euros
0,88 euros
21,80 euros
4,04 euros

TARIFA 2
1,93 euros
1,10 euros
27,21 euros
5,02 euros

TARIFA 3
Según tarifa
1,78 euros
21,80 euros
Según tarifa 1 o 2

Régimen aplicación tarifas:
Tarifa 1: Será de aplicación en todos los servicios prestados en días laborables, dentro
del límite determinado y señalado como «casco urbano». En horario de 06:00 a 22:00 h.
Tarifa 2: Será de aplicación en todos los siguientes servicios:
- Días laborables, de lunes a viernes, inclusive, en horario de 22:00 a 06:00 horas
(servicios nocturnos).
- Sábados, domingos y festivos las 24 horas del día.
- Las 24 horas de los días de Feria de junio y octubre (días determinados oficiales por
el Ayuntamiento).
- Las 24 horas de los días 24 de diciembre a 6 de enero, inclusive.
- Las 24 horas Semana Santa de Domingo de Ramos a Domingo de Resurrección,
inclusive.
Puntos límite aplicación T-1 y T-2 e inicio T-3:
Los puntos indicativos en distintas vías de la Ciudad (límite casco urbano), fin de aplicación
de las Tarifas 1 y 2 e inicio Tarifa-3, se mantienen los lugares actuales de ubicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00281926

- Suplemento por bulto o maleta de más de 60 cm.
0,53 euros
- Suplemento días 24 y 25 de diciembre y 31 de diciembre y 1 de
enero: Vigente desde las 21:00 horas del día 24 de diciembre a
07:00 horas del día 25 de diciembre y desde las 21:00 horas del
día 31 de diciembre a 07:00 horas del día 1 de enero.
3,00 euros