3. Otras disposiciones. . (2024/32-53)
Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Mancomunidad de Municipios Sierra de Cádiz y el Ayuntamiento de Grazalema (provincia de Cádiz) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio de Grazalema.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Miércoles, 14 de febrero de 2024

página 40736/5

XX. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
los instrumentos ordinarios de desarrollo y ejecución de la planificación de infraestructuras
de saneamiento y depuración serán los convenios de colaboración entre la Consejería
competente en materia de aguas y las entidades locales, conforme a lo previsto en el
artículo 9 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y se desarrollarán
conforme a las estipulaciones recogidas en dicho artículo.
XXI. Que, por la Mancomunidad en Junta General, en sesión celebrada el día 3 de
noviembre de 2023, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio y
se autoriza a su Presidente, don Carlos Javier García Ramírez, a la firma del mismo.
XXII. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 12 de julio de
2023, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio de colaboración y
se autoriza a su Alcalde don Carlos Javier García Ramírez a la firma del mismo.
XXIII. Que, de acuerdo con la política general de información y difusión a los
ciudadanos en materia de medio ambiente y, más concretamente, en materia de aguas,
aspecto fuertemente resaltado por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 23 de octubre de 2000, y por el impacto potencial que se prevé de tales
medidas, las Administraciones reunidas coinciden en la conveniencia de desarrollar
acciones de divulgación e información dirigidas a la población, sobre los objetivos,
alcance y contenido del presente Convenio.
Con base en todas las consideraciones expuestas, y en virtud de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo
con lo preceptuado en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y lo dispuesto en
las Leyes Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, 5/2010, de
Autonomía Local de Andalucía, y 9/2010, de Aguas de Andalucía, y demás normativa de
aplicación, las partes intervinientes, a través de las representaciones indicadas, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes:
Primera. Objeto del Convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, es
objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Mancomunidad de Municipios de la
Sierra de Cádiz y el Ayuntamiento de Grazalema para la construcción, financiación y
puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración declaradas de
interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía por Acuerdo de Consejo de Gobierno
de 26 de octubre de 2010, del municipio de Grazalema.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente Convenio son Agrupación de vertidos
y EDAR de Grazalema, provincia de Cádiz (Clave A5.311.991/2111), consistentes
básicamente en la ejecución de una nueva Estación Depuradora de Aguas Residuales
mediante un tratamiento basado en un proceso de fangos activos mediante aireación
prolongada, así como la ejecución de la red de colectores que conduzca el agua residual
desde los pozos de la red de saneamiento de la localidad hasta la zona en la que se
prevé ejecutar la nueva EDAR.
1.3. El importe estimado total del Convenio asciende a seis millones treinta y cuatro
mil setenta y siete euros con treinta y cinco céntimos (6.034.077,35 €, incluido IVA 21%).
1.4. El núcleo de población beneficiado es Grazalema.
1.5. Los terrenos sobre los que se ubican las infraestructuras se localizan en el plano
del anexo. La nueva EDAR se ha proyectado en la parcela anexa a la actual EDAR,
fuera de la vía pecuaria. Para ello es necesario la ejecución de una red de colectores
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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