3. Otras disposiciones. . (2024/32-57)
Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos, por la que se somete a información pública el proyecto de decreto por el que se declaran determinadas Zonas Especiales de Conservación del litoral de Huelva y se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Reserva Natural Laguna de El Portil y de los Parajes Naturales Enebrales de Punta Umbría, Estero de Domingo Rubio, Lagunas de Palos y Las Madres, Marismas de Isla Cristina y Marismas del Río Piedras y Flecha del Rompido.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Miércoles, 14 de febrero de 2024

página 40734/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL

De conformidad con las competencias medioambientales que ostenta la Comunidad
Autónoma de Andalucía, con fecha 15 de enero de 2024, la persona titular de la Consejería
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul ha acordado el inicio del proceso
de aprobación del proyecto de decreto por el que se declaran determinadas Zonas
Especiales de Conservación del litoral de Huelva y se aprueba el Plan de Ordenación
de los Recursos Naturales de la Reserva Natural Laguna de El Portil y de los Parajes
Naturales Enebrales de Punta Umbría, Estero de Domingo Rubio, Lagunas de Palos y
Las Madres, Marismas de Isla Cristina y Marismas del Río Piedras y Flecha del Rompido.
Conforme al artículo 2.1.d) de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba
el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas
adicionales para su protección, la declaración de Zonas Especiales de Conservación
corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, debiendo garantizarse
en todo caso la participación social a través de los trámites de información pública y
audiencia. Por su parte, el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, establece
que la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, previo
procedimiento de información pública, declararán las ZEC, en el ámbito de sus respectivas
competencias.
Conforme al artículo 22 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad, el procedimiento de elaboración de los Planes de Ordenación de los
Recursos Naturales incluirá necesariamente los trámites de audiencia a los interesados
y consulta a los intereses sociales e institucionales afectados y de las organizaciones sin
fines lucrativos que persigan el logro de los objetivos de esta ley.
El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, establece que cuando una disposición afecte a los derechos
e intereses legítimos de la ciudadanía, será sometida a información pública durante un
plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, debiendo publicarse la iniciativa, al
menos, en el Portal de la Junta de Andalucía. La participación de la ciudadanía podrá
producirse por cualquier medio admisible en derecho.
El artículo 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de
acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de
medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE), determina que para
promover una participación real y efectiva del público en la elaboración, modificación y
revisión de los planes, programas y disposiciones de carácter general relacionados con el
medio ambiente las Administraciones Públicas, al establecer o tramitar los procedimientos
que resulten de aplicación, velarán porque los interesados sean informados sobre dichas
propuestas y porque la información pertinente sobre las mismas sea inteligible y se ponga
a su disposición, para que se puedan presentar comentarios o formular alegaciones.
El artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad
Ambiental, relativo a la participación pública en asuntos con incidencia medioambiental,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Espacios
Naturales Protegidos, por la que se somete a información pública el proyecto
de decreto por el que se declaran determinadas Zonas Especiales de
Conservación del litoral de Huelva y se aprueba el Plan de Ordenación de los
Recursos Naturales de la Reserva Natural Laguna de El Portil y de los Parajes
Naturales Enebrales de Punta Umbría, Estero de Domingo Rubio, Lagunas de
Palos y Las Madres, Marismas de Isla Cristina y Marismas del Río Piedras y
Flecha del Rompido.