Disposiciones generales. . (2024/32-7)
Extracto de la Orden de 6 de febrero de 2024, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2024 de subvenciones correspondientes a la Intervención sobre el desarrollo rural, relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613), correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Miércoles, 14 de febrero de 2024

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Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones correspondientes a la Intervención sobre el
desarrollorural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas
correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
Quinto. Importe.
La dotación de cada una de las líneas se hace en el cuadro del apartado primero del
presente extracto. El importe máximo por beneficiario será el obtenido como consecuencia
de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden 28 de marzo de 2023. El
importe del crédito presupuestario para la convocatoria 2024 asciende a 14.000.000,00
de euros para las operaciones correspondientes a la Intervención sobre el desarrollo
rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las citadas ayudas se solicitarán a través de la solicitud única de ayudas, y el plazo de
presentación comenzará el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el 30 de abril de 2024, sin perjuicio
de las modificaciones que pudieran establecerse en la normativa básica en función de las
circunstancias de la campaña, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 108 del
Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las
intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en
el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud
única del sistema integrado de gestión y control.
Séptimo. Cláusula suspensiva.
La convocatoria de las ayudas prevista en la presente orden estará condicionada a la
aprobación definitiva, por la Comisión Europea, de la versión 3 del Plan Estratégico de la
PAC de España, conforme al Reglamento (UE) núm. 2021/20115 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021.
Octavo. Otros datos.
El acceso a las solicitudes para su presentación, la normativa de aplicación y demás
datos necesarios que afectan a la presente convocatoria pueden consultarse en el Catálogo
de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía en la dirección
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25232.html

00297007

Sevilla, 6 de febrero de 2024.- La Viceconsejera, P.D. de firma de la Consejera (Orden de
21.11.2022), Consolación Vera Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja