Autoridades y personal. . (2024/31-15)
Resolución de 7 de febrero de 2024, de Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la participación en el Programa de Campos de Voluntariado Juvenil para jóvenes andaluces o residentes en Andalucía, en Campos de Voluntariado Juvenil en el Extranjero en 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Martes, 13 de febrero de 2024

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2. Estas plazas no son exclusivas para jóvenes andaluces y a ellas pueden optar,
a través de sus respectivas Comunidades y/o Ciudades Autónomas, jóvenes de todo el
territorio nacional e internacional, estos últimos a través de sus respectivas organizaciones
internacionales.
3. Para solicitar alguna de estas plazas no es necesario haber realizado la
preinscripción establecida en el apartado cuarto punto primero.
4. En el caso de jóvenes andaluces interesados en alguna de ellas, deberán contactar
con la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud, donde resida la persona
participante, que les informará sobre las características y condiciones de los campos, las
plazas vacantes en los mismos y el procedimiento a seguir.
Octavo. Aceptación de condiciones.
La participación en el Programa de Campos de Voluntariado Juvenil para jóvenes
andaluces o residentes en Andalucía 2024 supondrá la aceptación de todas las
condiciones especificadas en la presente resolución y en las condiciones generales de
participación en campos de voluntariado juvenil en el extranjero que se establezcan al
respecto.
Noveno. Impugnaciones.
La presente resolución agota la vía administrativa, y frente a ella podrá interponerse
potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de este Instituto, en
el plazo de un mes, o bien, impugnarlo directamente ante la jurisdicción contenciosoadministrativa, en el plazo de dos meses, en ambos casos, contados desde el día siguiente
a aquél en que tenga lugar su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido
en los artículos 112.d) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00296915

Sevilla, 7 de febrero de 2024.- El Director, Pedro Antonio Ramírez Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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