Autoridades y personal. . (2024/31-15)
Resolución de 7 de febrero de 2024, de Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la participación en el Programa de Campos de Voluntariado Juvenil para jóvenes andaluces o residentes en Andalucía, en Campos de Voluntariado Juvenil en el Extranjero en 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Martes, 13 de febrero de 2024

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ANEXO I

ESTE BOLETÍN DE INSCRIPCIÓN NO IMPLICA LA ADMISIÓN DE LA PERSONA SOLICITANTE EN EL CAMPO DE VOLUNTARIADO JUVENIL. LA
CONFIRMACIÓN SE REALIZARÁ TRAS LA PRESENTACIÓN DEL MISMO Y LA COMPROBACIÓN (POR LA DOCUMENTACIÓN APORTADA O POR LA
CONSULTA DE LA MISMA TRAS SU AUTORIZACIÓN) DE QUE CUMPLE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL MISMO.
COMPROMISOS CONTRAÍDOS POR LA PERSONA VOLUNTARIA ADMITIDA:
1.- Permanecer en el campo desde el inicio hasta el final de la actividad programada.
2.- Trabajar desinteresadamente los días y horas estipuladas en el proyecto, así como en las condiciones expuestas en el mismo.
3.- Colaborar en el desarrollo de la programación de las actividades de animación y participar en las mismas.
4.- Contribuir a la organización general del Campo en las tareas propias del mismo (labores de limpieza).
5.- Respetar las distintas creencias, ideologías y diferencias personales, de todas las personas que participen en el Campo.
6.- Respetar las normas de régimen interno y de convivencia propias de cada Campo, que serán, entre otras: aceptar las indicaciones de las personas responsables de la
actividad; cumplir, en general, los horarios; y no hacer uso de los vehículos particulares durante el tiempo que dure el Campo de Voluntariado Juvenil.
7.- Comunicar, en su caso, la baja en el Campo de Voluntariado con antelación a la fecha de comienzo del mismo, a la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la
Juventud que tramitó la solicitud.
8.- Cumplir cuantas medidas y recomendaciones sean adoptadas por las autoridades sanitarias para la prevención de la propagación del COVID-19, especialmente
mantener la distancia social, lavado y desinfección frecuente de manos, uso de mascarillas, equipos de protección individual, etc.
9.- El no cumplimiento de las normas establecidas, puede dar lugar a la expulsión del Campo de Voluntariado Juvenil.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA EN EL MOMENTO DE LA INCORPORACIÓN AL CAMPO DE VOLUNTARIADO.
- D. N. I.
- Tarjeta de la Seguridad Social (u otro documento sanitario que acredite la cobertura en caso de enfermedad u accidente)
- Lo especificado, en su caso, en la Ficha Informativa del Campo de Voluntariado Juvenil.
- Se debe informar y adjuntar, en su caso, si tiene algún tratamiento médico o régimen alimenticio especial.
- Autorización paterna/materna o del representante legal en Campos de Voluntariado Juvenil de menores de 18 años.

00296915

002008/9D

ESPECIFICACIONES PARA CAMPOS DE VOLUNTARIADO JUVENIL EN EL EXTRANJERO (S.V.I.)
1.- Son los responsables de las Asociaciones que organizan los Campos de Voluntariado Juvenil en el Extranjero, quienes deciden la admisión o no de la persona
voluntaria, una vez que desde nuestra Comunidad Autónoma enviamos los datos de las personas participantes que han obtenido plazas, por lo que, en tanto no se reciba
el visto bueno de la Asociación, el cual se comunicará a la persona interesada de manera inmediata, dicha plaza no está confirmada.
2.- En algunos casos, las condiciones del Campo de Voluntariado Juvenil pueden conllevar ciertas incomodidades: el alojamiento puede ser en casas, tiendas de
campaña, escuelas públicas u otro tipo de instalaciones; pueden estar alejados de la ciudad y algunos Campos se desarrollan en países con una cultura diferente y que
puede implicar una adaptación a condiciones de trabajo, horarios o entorno que no siempre son como las que tendríamos en nuestro país. Es responsabilidad de la
persona voluntaria evaluar sus capacidades de adaptación, aceptando y respetando las condiciones y posibles diferencias culturales.
3.- En numerosos Campos de Voluntariado Juvenil en el Extranjero, es el/la propio/a joven quien elabora su comida, contando para ello con un presupuesto que, para
este concepto, le asigna la Asociación que desarrolla el Campo. Esta cantidad, aunque suficiente, en algunas ocasiones puede ser un poco ajustada.
4.- En las plazas que se ofertan en Campos de Voluntariado en el Extranjero, la información que se ofrece en las Fichas Informativas es la que proporcionan las
organizaciones que los desarrollan, pudiendo resultar, en ocasiones, escasa. Una vez admitida la persona voluntaria, dichas organizaciones contactarán con ella y es el
momento de solicitar la ampliación de datos o resolver dudas.
5.- Ni el INJUVE, que actúa en representación de las Comunidades Autónomas, ni el Instituto Andaluz de la Juventud se hacen responsables de los posibles cambios que
puedan producirse y que sean decididos por las organizaciones, ni de los consiguientes gastos que puedan derivarse de ellos.
6.- En el supuesto de que esto último se produjera, se podrá, en su caso, dirigir la correspondiente reclamación a la Asociación extranjera, presentándola en el Instituto
Andaluz de la Juventud o el INJUVE. Ambos Organismos se encuentran a disposición de la persona voluntaria para facilitar la ayuda e información necesarias al objeto de
cumplimentar dicha reclamación.
7.- La persona que abandone el Campo voluntariamente o sea expulsada por comportamiento inadecuado, deberá hacerse cargo de todos los gastos que ello origine
(transporte, comida, alojamiento...).
8- Para que la participación en este tipo de campos sea provechosa, es necesario que la persona voluntaria posea un buen nivel de inglés (y/o de otros idiomas que se
especifiquen) que le permita desenvolverse con fluidez en una conversación.
9.- Es conveniente suscribir un seguro de asistencia en viaje y con coberturas adicionales de accidentes que incluya, no sólo la estancia en el Campo de Voluntariado
Juvenil, sino también desde la salida del domicilio hasta el regreso.
10.- Si la persona participante no puede acudir al Campo de Voluntariado Juvenil, además de comunicarlo a la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud
que tramitó su solicitud, deberá informar también al INJUVE, a través del siguiente correo electrónico: svi@injuve.es.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja