5. Anuncios. . (2024/31-36)
Anuncio de 24 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Sevilla, por el que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica. (PP. 1769/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Martes, 13 de febrero de 2024

página 7907/6

instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias
ITC-RAT 01 a 23 y la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las
especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, modificada por
Resolución de 26 de marzo de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y
Minas, por la que se modifica la Instrucción Técnica Componentes (ITC-FV-04) de la
Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de
las instalaciones fotovoltaicas andaluzas.
• La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier
momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En
tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación
de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se
deriven, según las disposiciones legales vigentes.
• El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento
de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos,
empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por
los órganos competentes en materias medio ambiental, urbanística y de ordenación del
territorio, pudiendo conllevar una modificación de la presente resolución en su caso, y en
todo caso, antes de otorgar una autorización de explotación.
• Respecto de las modificaciones de instalaciones de generación que no cumplan
todos los supuestos del art. 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no
podrán iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de
las instalaciones previstas en el artículo 131.9 de dicho Real Decreto 1955/2000, en
ninguna de las partes de la instalación, es decir, ni en el parque de producción ni en
las infraestructuras de evacuación, incluida la conexión con la red de transporte o de
distribución.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía, en el
plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

00282943

Sevilla, 24 de marzo de 2023.- El Delegado, Antonio José Ramírez Sierra.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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