Autoridades y personal. . (2024/29-14)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de Viceintervención, clase 1.ª, mediante el sistema de libre designación en la Diputación de Granada.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Viernes, 9 de febrero de 2024

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4.2. La solicitud deberá presentarse obligatoriamente por medios electrónicos, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puesto en relación
con la disposición adicional quinta de la ordenanza reguladora de la administración
electrónica y del procedimiento administrativo común electrónico de la Diputación
de Granada. La solicitud podrá presentarse en el registro electrónico de la Diputación de
Granada al que puede accederse a través de la siguiente URL: https://sede.dipgra.es/
opencms/opencms/sede# así como en cualquiera de los registros electrónicos previstos
en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
4.3. Además de los datos consignados en el modelo de solicitud, los aspirantes
acompañarán a la misma su curriculum vitae, en el que figuren títulos académicos, años
de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos
realizados y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, acompañando
la documentación justificativa de tales extremos. Los méritos alegados se computarán
hasta el último día, inclusive, del plazo de presentación de solicitudes.
De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se
responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
No obstante, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas
de la calidad de la copia, se podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias
aportadas por el interesado, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de
la información original.
5. Resolución de la convocatoria.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Corporación
procederá, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la
vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes, a dictar
la resolución correspondiente, en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la
Corporación.
De dicha resolución, se dará traslado al órgano competente de la Comunidad
Autónoma y al Ministerio de Transformación Digital y Función Pública, para la publicación
en el «Boletín Oficial del Estado».
El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos
exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada, como fundamento
de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
6. Toma de posesión.
El plazo de toma de posesión será el que establece el artículo 41 del Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Diputación de Granada, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si no estima
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296757

7. Norma final.
7.1. En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en lo que proceda,
el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. La presentación de la solicitud para participar
en la provisión del puesto a que se refieren estas bases, comporta la aceptación íntegra
de las mismas.